“Hoy no fue, pero será”: Tras negativa de la SCJN, defensoras continuarán luchando para garantizar el derecho humano al aborto en Veracruz

La tarde de este miércoles 29 de julio, cuatro de los cinco ministros y ministras de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desecharon el proyecto de sentencia sobre el aborto en Veracruz, correspondiente al Amparo 636/2019, el cual fue presentado por la omisión legislativa en la que han incurrido las y los diputados de aquel estado al no modificar un marco normativo que genera discriminación y violación a los derechos humanos de las mujeres.

Cuatro votos en contra y uno a favor fue el resultado de la decisión de las y los ministros de la SCJN, quienes, a decir de las asociaciones amparistas, no terminaron por ofrecer una resolución real y a fondo del proyecto que pretendía poner en discusión la situación del aborto en el estado de Veracruz y las violencias de las que son víctimas niñas, adolescentes y mujeres quienes no pueden acceder al ejercicio pleno de sus derechos sexuales y reproductivos.

Y es que, las y los ministros decidieron no pronunciarse al respecto y prefirieron hacer una revisión técnica jurídica sobre el tratamiento del proyecto.

Por ahora, las organizaciones esperarán que ofrezcan una explicación profunda y con argumentos que funden su decisión; además, consideraron que el nuevo o nueva ministra que quedará a cargo de la sentencia, deberá actuar desde “un umbral que responda a los tiempos de mayor protección para los derechos humanos de las mujeres” y se centre en el principio de progresividad.

Por Dalia Souza / @DaliaSouzal

Ana Margarita Ríos Fajart; Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; Jorge Mario Prado Rebolledo; y Norma Lucía Piña Hernández son los nombres de los cuatro ministros y ministras de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que decidieron no pronunciarse a fondo sobre las modificaciones que planteaba el Amparo 636/2019 promovido por diversas organizaciones a favor de los derechos humanos de las mujeres desde hace más de cuatro años.

En este, las organizaciones: Católicas por el Derecho a Decidir, AC; Justicia, Derechos Humanos y Género, AC; Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos, AC, el Frente Veracruzano por la Vida y la Salud de las Mujeres y la Fundación Mexicana para la planeación Familiar, MEXFAM, planteaban las siguientes modificaciones a la legislación penal del estado de Veracruz:

  1. Despenalizar el aborto.
  2. Ampliar la causal de salud.
  3. Eliminar el plazo de 90 días en caso de violación.

A través de la modificación de los artículos 149, 150 y 154 de Código Penal del estado de Veracruz, puesto que, actualmente, contiene normas discriminatorias y/o constitutivas de violencia contra las mujeres que debieron haber sido reformadas sin retraso por el Gobierno del estado.

Sin embargo, las y los ministros decidieron, en opinión de las promoventes, sólo llevar a cabo una discusión superficial sobre “cuestiones de técnica jurídica” centrada principalmente en el concepto de “omisión legislativa” planteado en el amparo; mucho antes que, ofrecer un diálogo y una resolución a fondo que protegiera los derechos humanos, sexuales y reproductivos de las niñas, adolescentes y mujeres del estado de Veracruz, e, incluso, de otras entidades del país.

Las y los cuatro ministros de las Primera Sala, optaron por no pronunciarse sobre el tema durante la sesión de este miércoles 29 de julio y se sumaron a los argumentos ofrecidos por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien afirmó que el juicio de amparo no obedecía propiamente a una omisión legislativa.

Según explicó, ésta se presenta “cuando hay un mandato constitucional o legal específico de legislar en un determinado sentido y en un determinado plazo” por lo que, en este caso, “no existe un mandato legislativo en específico de legislar en ese sentido”, incluso, aseguró que “si lo hubiera, la forma de regular esta situación es algo que corresponde a la discrecionalidad legislativa” y por lo tanto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación “sólo podría ordenarle que legislara (al Congreso del Estado de Veracruz) pero no ordenarle una regulación específica”. De hacerlo, precisó “la Corte incurriría en el llamado “activismo judicial que desbordaría mucho las facultades constitucionales de esta SCJN”.

Al respecto, luego de votar a favor, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, Presidente de la Primera Sala de la SCJN y responsable de iniciar este amparo, afirmó que, a su juicio, fueron satisfechos los requisitos de procedencia del amparo y recordó que dadas las obligaciones convencionales contraídas por el Estado Mexicano, particularmente ante la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y de la Convención de Belém do Pará, toda las autoridades en el ámbito de su competencia deberán “reformar o eliminar leyes que resulten contrarias a las recomendaciones internacionales y/o discriminatorias contra las mujeres”:

“Si entendemos el control de convencionalidad como una concreción interpretativa y jurisdiccional de la obligación de garantía en lo que respecta a los derechos humanos, entonces, la propuesta del proyecto es una de las maneras en las que este máximo tribunal cumple con sus obligaciones legales para preservar la regularidad del orden interno” expresó.

Con ello, dijo no compartir la determinación de que el amparo haya resultado improcedente, puesto que, además de lo ya advertido, “las quejosas contaban con un interés legítimo para reclamar dichas omisiones, pues su objeto se enfoca en la protección y la defensa de los derechos humanos de las mujeres”.

Finalmente, consideró que “la prohibición absoluta de interrumpir el embarazo es contraria al umbral de protección que corresponde a todas las mujeres, especialmente a la luz de su derecho a la salud y a su dignidad”; por lo que sentención “aún es necesario, aun es imperativo como sostiene el proyecto, estudiar las leyes que afectan a las mujeres a la luz de un examen de igualdad transformadora”:

“Las normas en materia de derechos humanos de las mujeres no solamente pretenden remediar la falta de igualdad y discriminación que han sufrido para entender y eliminar las causas de esos problemas” concluyó.

Tras la decisión y tomando en cuenta la votación, se desechó el proyecto y fue enviado a la Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala para que se lleven a cabo los trámites necesarios a fin de iniciar una nueva sentencia.

“La lucha sigue y seguirá: será ley”

Con una rueda de prensa, las organizaciones promoventes consideraron que al no haber existido una resolución real sobre el proyecto “no bajarán la guardia” y seguirán luchando por los derechos de las mujeres no sólo en Veracruz, sino en todo el país para que el aborto sea ley.

Las organizaciones llevan cuatro años en este proceso de amparo y 36 en la defensa de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de las mujeres en el estado de Veracruz.

María de la Luz Estrada, coordinadora del área de Violencia de Género y Derechos Humanos de Católicas por el Derecho a Decidir y del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) afirmó que la decisión tomada por las y los ministros “deja en un estado de indefensión” no sólo a las organizaciones que promovieron el amparo, sino a todas las niñas, adolescentes y mujeres del estado de Veracruz, puesto que “la corte no resolvió el amparo, no se discutió la situación del aborto en el estado de Veracruz, así como tampoco la omisión legislativa de fondo”:

“Las mujeres son las que sufren, las mujeres son criminalizadas, hay 32 denuncias en Veracruz por el tema de aborto, más de 500 mujeres han venido a la Ciudad de México porque su estado no las protege. Quiere decir que con marcos restrictivos dejan a las mujeres en una situación grave de su salud e integridad” replicó.

A la par, precisó que, la Suprema Corte de Justicia de la Nacional aún tiene la oportunidad de ser la instancia que garantice a la luz de los derechos humanos, la mayor protección de las mujeres y la garantía del respeto al artículo primero constitucional; puesto que, lo visto hasta ahora, supone sólo “criterios legales que esconden tras de sí, miradas conservadoras que no protegen los derechos de las mujeres”.

Por su parte, Patricia Bedolla, de Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos, AC, manifestó sentirse sorprendida por la conducta de las y los ministros, puesto que, coincidió con María de la Luz “no hubo una discusión real” sobre los tres puntos planteados en el amparo promovido y que tienen como elemento de fondo: “garantizar los derechos al acceso a la salud de las mujeres veracruzanas”.

“Nos sorprende que hoy sin un argumento real se dé vuelta a la página y se emita una nueva sentencia. Hay un mensaje de que no van a ver por la progresividad de los derechos de las mujeres, nos preocupa y ocupa”.

Por ello, manifestaron que, esperarán que las y los ministros ofrezcan un informe fundado que explique las motivaciones de su decisión, “necesitamos saber cuáles son esas circunstancias para saber qué camino jurídico vamos a seguir…”; además de que, solicitan que la ministra o ministro a cargo de la nueva sentencia “centre su interés en el principio de progresividad y los derechos humanos”.

“De verdad queremos que la SCJN, quien nos ha demostrado su progresividad en otras situaciones, sea quien garantice los derechos de las mujeres” advirtieron.

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Dalia Souza
Dalia Souza
Periodista apasionada de la radio, comprometida con quienes resisten en la exigencia de verdad, memoria y justicia. Creo que el periodismo es una herramienta para construir paz y cambio social.

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