Sin consultar a familiares de personas desaparecidas, Fiscalía de Jalisco aprueba reglamento de Ley de Desaparición

#HastaEncontrarles

Pese a que la Ley de Personas Desaparecidas de Jalisco establecía que todo reglamento o protocolo debe realizarse de manera conjunta, gobierno-familiares de personas desaparecidas, la Fiscalía del Estado de Jalisco decidió publicar sin consultar a nadie el reglamento que hará operativa la legislación para buscar a las más de 14 mil personas desaparecidas que hay en el estado.

Por Darwin Franco / @DarwinFranco

Aunque la consigna de colectivos de búsqueda de personas desaparecidas en Jalisco siempre ha sido “Sin las Familias NO”, la Fiscalía del Estado de Jalisco incumplió no sólo esta petición sino la propia Ley de Personas Desaparecidas, pues de manera opaca y sin consulta aprobó, el pasado 2 de octubre, el Reglamento Interno de la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas, documento que debía ser trabajado y discutido tanto con las familias de las víctimas de desaparición como con el Consejo Estatal Ciudadano del Comité Coordinador del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Jalisco.

Tan sólo un día antes, durante el primera sesión ordinaria del Comité Coordinador del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas del Estado, las personas titulares de la Fiscalía del Estado y la Fiscalía Especial de Personas Desaparecidas informaron “tener avances en la formulación del Reglamento Interno de la Fiscalía Especial”. 

Sin embargo, lo que ya tenían -como denunciaron las y los integrantes del Consejo Estatal mediante un comunicado de prensa- era un documento que estaría integrado al Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Jalisco y que su publicación se realizaría en los próximos días”.

Cuestión que contraviene lo establecido por el Artículo Transitorio Décimo Noveno de la Ley de Personas Desaparecidas del Estado de Jalisco donde se señala que 

“El Reglamento Interno de la Fiscalía Especial debía ser un instrumento normativo separado, y que su contenido debía ser consultado con familiares de personas desaparecidas y el Consejo, previamente a su publicación”.

Justo fue este último lo que no ocurrió, pues dicho reglamento fue publicado el sábado 2 de octubre; ante ello, el Consejo Ciudadano de Búsqueda demandó lo siguiente;

  • La publicación del Reglamento Interno de la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas sin haber realizado un proceso de consulta previa con familiares de personas desaparecidas viola los principios de Participación Conjunta y de Buena Fe de la Ley de Personas Desaparecidas, ya que no atiende las preocupaciones, necesidades y propuestas de las familias de Jalisco. 
  • No se está respetando el papel y las atribuciones del Consejo Ciudadano de Búsqueda como integrante del Comité al no permitir que conociera con anticipación el documento del Reglamento y generará las observaciones correspondientes. 
  • La publicación del Reglamento Interno de la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas mediante el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Jalisco resulta violatorio al mandato del Artículo Transitorio Décimo Noveno de la Ley de Personas Desaparecidas del Estado de Jalisco al no formular un Reglamento Interno de la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas. 
  • En el Capítulo VI del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado, correspondiente a la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas, existen deficiencias e imprecisiones graves que pueden afectar seriamente el desarrollo del trabajo de la Fiscalía y la aplicación adecuada de la Ley de Personas Desaparecidas, así como, la expectativa de familiares de personas desaparecidas de tener garantizados sus derechos a la verdad y la justicia. Además, su contenido no está armonizado con lo establecido en la Ley de Personas Desaparecidas del Estado de Jalisco.  

Por lo tanto, el Consejo considera que:

“debiese derogarse en dicho instrumento legal las disposiciones correspondientes a la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas, e iniciarse, de inmediato, un proceso de consulta amplia, pública y transparente que garantice la Participación Conjunta y restaure la Buena Fe, para que los intereses y las necesidades de familiares de personas desaparecidas se vean reflejados en el Reglamento Interno de la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas, y que se cumpla con el transitorio de la Ley de Personas Desaparecidas a fin de garantizar que se promueva la investigación y persecución penal eficaz de los delitos de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y la lucha contra la impunidad en esa materia”.

Actualmente, de acuerdo al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, Jalisco es el estado con mayor número de personas desaparecidas al registrar 14 mil 269 casos.

***

Link para leer de manera íntegra el comunicado del Consejo Estatal:

https://drive.google.com/file/d/1UnszVs3NpiJRzbquJRe32DYLUd2J1fbh/view

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Darwin Franco
Darwin Franco
Me encanta hacer periodismo y contar con dignidad las historias de quienes confían en mi trabajo. Disfruto ser profesor y aprender de mis alumnas, alumnos y alumnes. Creo que el periodismo es una potente herramienta de paz y esperanza.

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