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Colectivas de San Luis Potosí recibieron una sentencia a favor que ordena a las autoridades estatales despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación. La tarea ahora es del congreso local, quienes tienen congelada una discusión al respecto desde 2023
Texto: Alejandro Ruiz / Pie de Página
Foto: Especial
Las mujeres de San Luis Potosí podrán practicarse un aborto sin que por esto deban de ir a la cárcel.
La conquista la obtuvieron mujeres organizadas en la colectiva Interrupción Legal del Embarazo. Ellas, promovieron un amparo para que las autoridades locales no puedan criminalizarlas al decidir sobre sus cuerpos.
El fallo lo otorgó el Juzgado Tercero de Distrito del Noveno Circuito, el pasado 23 de septiembre. Contempla despenalizar la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, y también obliga a las autoridades sanitarias a acompañar a quienes decidan realizarse un aborto en instituciones públicas.
Concretamente, señalaron en un comunicado, el amparo deja sin efectos los artículos 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 148, fracción I y II; 149 y 150, fracción III del Código Penal estatal.
«Estamos muy contentas de que finalmente se lograron tres cuestiones fundamentales: Uno, declarar la inconstitucionalidad e invalidez de los artículos que violentaban y castigaban a las mujeres potosinos en el Código Penal. Dos, también se invalidó la parte del artículo 16 que, bajo el dominio del panismo en 2009, arbitrariamente elevaron a rango constitucional la discriminación de las mujeres que querían decidir sobre su cuerpo. En ese tiempo, todas nosotras éramos unas niñas».
Y añadieron:
«Con la sentencia, se delineó el camino para garantizar el servicio de salud de calidad y accesible».
El Congreso estatal tiene que legislar
Aunque en los hechos, con esta sentencia San Luis Potosí se convierte en el 19 estado del país en despenalizar el aborto, en realidad, su caso es similar a lo que ocurre en Zacatecas, Yucatán o Jalisco. Ahí, los congresos locales han evitado modificar las leyes vigentes para garantizar que las mujeres ejerzan su derecho a decidir sobre su cuerpo sin ningún tipo de consecuencia penal.
El caso de San Luis Potosí es el siguiente:
El 1 de junio de 2023, la colectiva Interrupción Legal del Embarazo presentó una petición ciudadana ante el congreso local. Exigieron a la legislatura que aprobaran la despenalización del aborto.
Sin embargo, desde esa fecha, la legislatura local no ha discutido el dictamen, aunque colectivas feministas han impulsado múltiples protestas en la capital potosina.
De hecho, el amparo que ganó la colectiva obliga al Congreso a legislar sobre la interrupción legal del embarazo en un plazo de tres meses. La fecha límite que establece el fallo es el próximo 26 de noviembre.
La discusión, sin embargo, puede ser contraproducente para las mujeres potosinas. Esto, porque aunque el sentido de la sentencia de amparo tiende a la despenalización del aborto, éste no obliga a la legislatura local a votar a favor de esta posición. Sin embargo, en términos legales, ahora es inconstitucional imponer una pena a las mujeres que decidan hacerlo.
«La sentencia es vista como un avance estratégico, ya que obliga a las y los nuevos legisladores a tomar acción dentro de los primeros meses de la legislatura».
Sin embargo, subrayaron, «existe el riesgo de que la legislación resultante no sea la necesaria, ya que los efectos de la sentencia son solo para que dictaminen y voten en pleno el resultado».
Y concluyen:
«Ya no se trata de voluntad política, o de qué quiere o no quiere un diputado o diputada. Eso ya quedó atrás. Ahora es una obligación, sino habrá consecuencias legales, que van desde las multas hasta un juicio de responsabilidades que les puede destituir del cargo. Es importante recordar que, las y los legisladores, son servidores públicos. La gente, el pueblo, les mandamos qué hacer».
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Este texto se publicó originalmente en Pie de Página, se reproduce en virtud de la #AlianzaDeMedios de la que forma parte ZonaDocs:
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