Gestión de negocios para los bienes abandonados

La Rebeldía de Hacer las Cosas Bien

Por José Antonio García Casal / @OkupaGDL / @fuvdyet.gdl 

En un sistema donde la corrupción es norma, la ética se volvió acto de resistencia.
En una ciudad donde los muros se levantan vacíos mientras las familias se hacinan en rentas imposibles, la verdadera rebeldía no es tomar por la fuerza, sino okupar con fundamento.

Desde la Unión de Inquilinas proponemos un giro radical en la forma de entender los bienes abandonados: ya no como oportunidades de especulación o botín burocrático, sino como asuntos de gestión ciudadana, de gestión de negocios en sentido jurídico, técnico y moral.

La figura de la gestión de negocios ajenos sin mandato, que nuestro Código Civil contempla con una antigüedad casi olvidada, fue pensada para cuando alguien actúa en beneficio de otro que, por descuido, abandono o imposibilidad, dejó de atender sus propios asuntos.

Hoy, esa figura puede y debe aplicarse para el espacio urbano en crisis, donde los dueños ausentes, las inmobiliarias fantasma y los fondos de inversión congelan casas, edificios y predios que alguna vez fueron comunidad.

El gestor de negocios —esa persona que decide actuar, reparar, cuidar o incluso rentar lo que otros dejaron morir— no es un usurpador: es un agente de restitución social.
El derecho civil ya prevé que si el dueño no aparece o no ratifica la gestión, no es necesario su consentimiento expreso. Lo tácito basta. Y lo tácito, en este contexto, es el abandono, el desinterés, la negligencia. 

El silencio del propietario es la firma invisible que legitima la acción ética del gestor.

El gran dilema, claro, es quién puede recibir el producto de esa gestión, el dinero que resulta de reactivar lo muerto. Y la respuesta está más cerca de lo que parece: el régimen de bienes vacantes, que reconocen al interés público del Estado —y de quien los denuncie o gestione— de recuperar lo abandonado y otorgar una recompensa del 25% del valor del bien. 

Un mecanismo que, aplicado con criterios de justicia social, permitiría recompensar a quienes cuidan, denuncian y reviven los espacios urbanos que la codicia privada dejó podrirse.

Lo que proponemos no es una toma ilegal ni una expropiación disfrazada, sino una restitución ética del derecho a habitar, donde la comunidad actúa como gestor legítimo ante la ausencia de un interés que ya renunció, de hecho, a su función social.

En Guadalajara, en Tlaquepaque, en Zapopan, sobran los predios cerrados, las casas tapiadas, los edificios con letreros eternos de “Se Vende”. La Unión de Inquilinas no plantea irrumpir, sino formalizar la rebeldía de hacer las cosas bien, con la ley en la mano, la comunidad al frente y la literalidad legal como oportunidad de justicia.

Si el sistema protege la especulación, entonces cumplir la ley se vuelve un acto revolucionario.
Gestionar los bienes abandonados es, en el fondo, poner en movimiento lo que el mercado paralizó y lo que el Estado olvidó. Esa es nuestra propuesta: usar la ley no como trinchera, sino como palanca. Porque la verdadera subversión hoy es hacer las cosas bien, a la primera y con Érika -digo, ética.

Fundamentos vigentes al 04 de noviembre del 2025:
Art. 27 Constitucional (el límite de la propiedad privada es el interés público). Arts. 835 y 836 del Código Civil de Jalisco (de los bienes vacantes, de la procuraduría social y de la recompensa del 25%). Art. 2038 del Código Civil de Jalisco (del arrendamiento de inmuebles destinados a habitación).

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