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El máximo tribunal determinó que el fallo a favor de Jhoan Ricardo Matus Marcial, exasesor jurídico del municipio de Asunción Nochixtlán, fue deficiente al omitir los estándares internacionales y la perspectiva de género e interseccionalidad obligatoria en casos de agresiones contra mujeres defensoras de derechos humanos.
Esta resolución, que sienta un precedente histórico para la protección de las víctimas en México, obliga al Tribunal Colegiado de Oaxaca a emitir una nueva sentencia que valore el contexto de violencia y la naturaleza clandestina del delito.
Por Karen Rojas Kauffmann/ El Muro Mx
Oaxaca, Oax- En una decisión unánime que marca un precedente importante para la protección de las víctimas en México, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó ayer la sentencia que otorgaba la libertad a Jhoan Ricardo Matus Marcial, implicado en la desaparición de la defensora Claudia Uruchurtu.
El exasesor jurídico del municipio de Asunción Nochixtlán había sido condenado a 60 años de prisión por su responsabilidad en la desaparición forzada de la activista y defensora de derechos humanos, ocurrida el 26 de marzo de 2021 en Nochixtlán.
Matus Marcial recuperó su libertad en agosto de 2025 tras un amparo concedido por el Primer Tribunal Colegiado en materias Penal y de Trabajo del Décimotercer Circuito en Oaxaca. Sin embargo, el máximo tribunal del país determinó que aquella resolución fue deficiente, al no considerar los estándares internacionales y la perspectiva de género obligatoria en casos que involucran a mujeres defensoras de derechos humanos.

Un mandato por la Verdad, Justicia y Reparación
La resolución de la SCJN, impulsada por el proyecto del ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, enfatiza que el aparato judicial no puede favorecer a los victimarios mediante interpretaciones que ignoren la naturaleza clandestina de la desaparición forzada. Los ministros subrayaron que este delito no solo afecta a la víctima directa, sino que erosiona la confianza institucional y fractura el tejido social.
Para la familia Uruchurtu Cruz, esta determinación representa un avance decidido en la lucha contra la impunidad. Han señalado que la resolución obliga a los tribunales a realizar un escrutinio especializado de las pruebas circunstanciales y el contexto de violencia estructural, garantizando que el control estatal sobre las evidencias no beneficie al perpetrador.
Perspectiva de Género e Interseccionalidad como eje rector
La Corte estableció que juzgar casos de desaparición de mujeres defensoras requiere un enfoque diferencial e interseccional. La ministra Yasmín Esquivel y otros integrantes del pleno coincidieron en que la labor de defensa de derechos humanos coloca a las mujeres en un riesgo agravado que debe ser valorado por los juzgadores para evitar que la vulnerabilidad se traduzca en impunidad institucional.
Además, se destacó que el tribunal colegiado debió considerar que la desaparición de Claudia Uruchurtu ocurrió tras sus denuncias de actos de corrupción y desfalcos contra la entonces presidenta municipal, Lizbeth Victoria Huerta. El objetivo del crimen fue, según se discutió, silenciar su intervención en el debate público.
Próximos pasos legales
Tras este fallo, el expediente será devuelto al Tribunal Colegiado en Oaxaca para que dicte una nueva resolución apegada a los lineamientos de la SCJN. La familia Uruchurtu Cruz ha manifestado que no descansará hasta que se emita una nueva orden de aprehensión y se logre la justicia plena, manteniendo la exigencia de localizar a Claudia, quien permanece desaparecida desde hace casi cinco años.
Este caso se suma a la alarmante cifra de más de 133 mil personas desaparecidas en el país, consolidando la necesidad de que los estándares de derechos humanos se traduzcan en una práctica judicial real y efectiva.
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Este trabajo fue publicado originalmente en El MuroMx que forma parte de la Alianza Territorial. Aquí puedes consultar la publicación original.


