Para una persona trans o no binaria, mostrar una identificación oficial puede convertirse en un momento de miedo, exposición y violencia. Un trámite cotidiano —solicitar empleo, entrar a un bar, abrir una cuenta bancaria— puede implicar ser “sacado del clóset” frente a desconocidos cuando el nombre o el género en los documentos no corresponden con su identidad.
La Ley de Identidad de Género aprobada por el Congreso de Querétaro buscaba evitar justamente eso: permitir que personas mayores de edad modificaran sus documentos de manera administrativa y sin juicios largos ni costosos. Pero el gobernador Mauricio Kuri decidió vetarla argumentando que debía “proteger a las infancias”, pese a que la iniciativa no contemplaba a menores de edad.
Por: Gina M. Erosa / @ginaemerosa (IG)
El pasado 30 de abril el Congreso aprobó la Ley de Identidad de Género, cuyo objetivo es facilitar el trámite de documentos para las personas trans y no binarias mayores de edad. El Gobernador de Querétaro, Mauricio Kuri, la desestimó con la excusa de que con ello protegería a las infancias
En un video publicado el 25 de mayo, el gobernador panista afirma que la prioridad para su gobierno es proteger a las familias y eso es lo que él seguirá haciendo desde el Poder Ejecutivo.
Sin embargo, la Ley de Identidad de Género en ningún momento atentó contra la seguridad familiar; por el contrario, protegía a aquellos miembros de la familia con una identidad de género distinta de preguntas incómodas, trámites desgastantes y trabajos precarios, pero sobre todo se trataba de una ley que daba certeza jurídica y garantía de derechos a una población que legalmente no es reconocida
El gobernador Kuri en la justificación de su veto a la ley resalta que Querétaro ha sido ejemplo del resguardo a las infancias a nivel nacional y que ahora no serían la excepción. Desafortunadamente, hoy Querétaro sí es ejemplo de la falta a los derechos humanos, pues según el Artículo 6 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala que “todo ser humano tiene derecho – en todas partes – al reconocimiento de su persona jurídica, por lo que cualquier persona debe contar con papeles que acrediten su identidad”.

Durante su video, el mandatario señala que la ley fue impulsada por la izquierda radical, misma que desea permitir que las infancias cambien su sexo en su acta de nacimiento, lo cual es falso. Para empezar, es necesario discernir las diferencias entre sexo, género e identidad de género: el sexo es con el que se nace.
El género es un constructo social que a lo largo de la historia ha dictado cómo es que las mujeres, hombres y personas no binarias deberían de actuar. Por ejemplo, el estereotipo de que las mujeres deberían ser amas de casa y los hombres quienes proveen lo dictan el género y la sociedad que se ha moldeado a través de los años.
La identidad de género es la manera en la que una persona decide expresarse a través del género que elige. Las personas trans tienen una identidad de género distinta a la del sexo con el que nacieron. Las personas no binarias no se encasillan ni en el género femenino ni en el masculino.
En ese sentido, la Ley de Identidad de Género que se había aprobado en ningún momento mencionó a las infancias, pues siempre se habló de una ley para que las personas mayores de edad pudieran hacer modificaciones en cuanto al sexo que aparece en sus documentos de identificación a través de un simple trámite en el Registro Civil, esto en lugar de someterse a un juicio que es costoso y tardado.
La razón por la que este cambio es necesario es para evitar que las personas trans y no binarias sean revictimizadas cada vez que muestren su identificación.
La cuenta de TikTok “Abrazo Grupal”, lo ejemplifica de manera clara:
“Si eres una persona trans que tiene un documento que no corresponde con su identidad de género, estás en riesgo cada día de tu vida porque te va a sacar del clóset en lugares en los que no sabes si son seguros. Si vas a pedir un trabajo y te solicitan tu identificación en la que dice que eres un hombre aunque tú seas una mujer y vivas como una mujer, te están sacando del clóset frente a alguien que no conoces. Lo mismo si vas a un antro.”
Aunado a ello, el gobernador también calificó a la ley como un tema ideológico que quiere imponerse a la sociedad queretana, cuyos valores, afirma, no se asocian con ella. En una entrevista con ZonaDocs, Ibrahim Prado, Presidente y Fundador de la organización Mitzi B´atha desmiente esta declaración:
“Esta ley no quita derecho a nadie, no afecta a las familias, no te obliga a ser trans ni no binarie y no pone en riesgo a las infancias porque no altera el orden jurídico del Estado en ninguna línea. Eso se ha visto en los otros 24 estados que ya aprobaron la iniciativa. Lo único que hace es reconocer de forma administrativa y legal la identidad de género de personas mayores de edad para que puedan vivir con certeza jurídica y dignidad” explicó.
Asimismo, destacó el mal manejo del mensaje y de la vulnerabilidad a la que expone a la comunidad trans y no binaria:
“El discurso que hacen al pintarnos como una amenaza pública es irresponsable por las líneas de poder del Estado y también es profundamente doloroso para las personas que esperaban reconocimiento jurídico por parte de las instituciones. Al mismo tiempo exime la contradicción del discurso de modernidad, porque un estado moderno no solamente se mide por inversión o infraestructura, también por cómo trata a las poblaciones históricamente vulnerables” señaló.
Según el Gobernador Kuri, una persona que cambia de sexo –él menciona sexo, aunque se refiere a género por la naturalidad de la ley– podrá ocultar su acta de nacimiento para así incumplir con su pensión alimenticia, su personalidad inicial en el caso de los criminales o evitar que los hijos den con la identidad de su progenitor.
Si bien, en Querétaro solo hay 208 deudores alimentarios registrados, se estima que la cifra real estima más de 3000 morosos en el estado. Tanto el cambio de sexo – como menciona el gobernador– como el vivir con una identidad de género contraria a la del sexo con el que se nace son procesos complicados, desgastantes y caros como para que una persona que ya evita cumplir sus obligaciones decida tomar ese camino.
Según datos del INEGI, en México hay 4 millones 180 mil hogares con un padre ausente. También, según datos del INEGI en México hay 909 mil personas trans o con una identidad de género distinta a la del sexo con el que nacieron. Parece claro que los progenitores abandónicos no necesitan cambiar su sexo ni identidad de género para dejar a sus familias, tal como afirma el gobernador de Querétaro que pasará.
El mandatario finalizó su discurso diciendo que no permitirá que “grupos que destruyen el bienestar de México vengan a contaminar nuestro estado”.
Este posicionamiento resulta irónico para colectivas y colectivos de la diversidad, pues Ley de Identidad de Género de Querétaro no perjudicaba de ninguna forma a las familias; sin embargo, ahora es catalogada por el Poder Ejecutivo como una legislación: “destructora” y “contaminadora”.
Desde el Comité Universitario por la Ley de Identidades Trans y No Binarias, lo dicho por el gobernador evidencia que éste “vetó una ley que ni siquiera leyó”, pero no sólo eso sino que todo lo señalado por éste: “no tiene nada que ver con la Ley que se aprobó”.
“El Gobernador tiene facultades constitucionales para vetar esta ley. Eso no está en disputa. Lo que si está en disputa es que lo haga invocando argumentos falsos, distorsionando el contenido de la legislación y usando a las infancias y adolescencias como pretexto para negar derechos a personas adultas (…) Eso no es gobernar. Es administrar el miedo”, concluyeron en su comunicado.
Esta postura del gobernador Mauricio Kuri también contraviene lo que ya fue determinado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, instancia que señala que “la identidad de género es un derecho humano fundamental protegido por la Constitución y el libre desarrollo de la personalidad”, lo que obliga a todos los estados de la República Mexicana a crear marcos jurídicos para garantizar este derecho, no hacerlo es menoscabar el derecho humano de las personas.
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