La Ley AntiMemes, ¿aplica a la sátira y memes qué hacemos como crítica al poder?

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En las últimas semanas ha circulado en redes sociales la llamada “Ley Antimemes”, que muchos denuncian como un acto de censura a la libertad de expresión. Sin embargo, es necesario entender bien el texto para conocer el impacto real de estas reformas. 

Por Michelle Correa / @michelle.correaa (IG)

Para empezar, son dos reformas, no una ley como tal, la primera a la Ley Federal del Derecho de Autor  y la segunda, a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) y al Código Penal Federal.

Los Congresos ya las aprobaron por mayoría y las sanciones son alarmantes: multas de hasta 4.6 millones de pesos y prisión de uno a seis años. 

El discurso de autoridades de la Ciudad de México y de medios de comunicación sostienen que, una vez más, se trata de una ley para silenciar a los periodistas y permitir únicamente la información que el gobierno considera correcta.

Sabemos que, a través del humor, muchas personas conectan con lo que ocurre en sus localidades y estados, y entienden mejor su realidad. Tristemente, las leyes no se escriben para que las entendamos, y de ahí la importancia de democratizar el lenguaje jurídico. 

Por eso nos dimos la tarea de explicarte de qué van realmente las reformas y por qué, si haces memes, estás exento de las multas y de la prisión. Eso sí, ten cuidado si te haces pasar por el gobierno o simulas que algún funcionario promociona tu negocio o cometes algún delito utilizando los logos oficiales de cualquier nivel de gobierno. 

La reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor establece lo siguiente:

1) Responsabilidad secundaria de los proveedores de internet (“aviso y retiro”). Obliga a plataformas digitales como Facebook, X, TikTok y YouTube, así como a otros, a contar con mecanismos para atender reclamos por violaciones a los derechos de autor.

2) Suspensión de cuentas a reincidentes. Las plataformas deberán suspender o dar de baja las cuentas de quienes infrinjan los derechos de autor de forma repetida.

Esto significa que la norma va dirigida a las plataformas y a los proveedores de internet, no a quien comparte un meme. Las plataformas enfrentarían multas millonarias (los 4.6 millones de los que se habla) si no retiran contenido alterado o modificado sin autorización mediante inteligencia artificial u otras herramientas.

Aunque es cierto que alguien podría denunciar que un meme o una representación infringe derechos de autor, la multa no recaería sobre ti. Lo más probable es que, si denuncian tu imagen por usar sin permiso la obra de otra persona, las redes sociales la den de baja. 

Eso no significa que no puedas hacer o consumir memes, y tampoco que tengas que pagar una sanción si una imagen circula o se hace viral. Lo preocupante es que la reforma no contempla un mecanismo claro de defensa para quien es denunciado, y por eso mucha gente la considera ambigua.

Las propias redes sociales son las que determinarán si una persona está infringiendo derechos de autor sin que exista un procedimiento claro para verificarlo. Sería importante revisar esa facultad: tenemos derecho de defensa, y que una aplicación cancele nuestra cuenta de un día para otro es injusto, además de que cualquier ley debería contar con un procedimiento claro. 

La reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial establece lo siguiente:

3) Uso no autorizado de identidad o símbolos oficiales. Sanciona la reproducción o imitación no autorizada de la identidad gráfica institucional, los logotipos oficiales, los dominios web o los signos gubernamentales con fines de fraude o suplantación.

Es decir, busca castigar a quien se hace pasar por el gobierno, por ejemplo, para cometer fraudes con logos oficiales. Usar un logotipo del gobierno, por sí solo, no cumple todos los elementos del delito.

La reforma contempla penas de uno a cinco años de prisión, además de multas de entre 1,000 y 10,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigentes al momento de cometerse el delito.

Lo cierto es que la desinformación nos lleva a pensar que compartir memes ya no es posible, y no es así: los memes como tales no están prohibidos en ninguna de las dos reformas. 

Como lo explicamos, será necesario observar cómo actúan las redes sociales, ya que tendrán la facultad de eliminar las imágenes que hacemos y compartimos para protegerse de posibles sanciones. Lo cierto es que todavía no sabemos qué mecanismos implementarán para decidir qué contenido se retira ni cómo podremos defendernos si consideramos que la baja fue injusta.

En resumen: la primera reforma presiona a las plataformas para que retiren contenido que viole derechos de autor, incluido el creado con IA. La segunda castiga suplantar al gobierno con logotipos oficiales. 

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Michelle Correa
Michelle Correa
Michelle Correa, abogada de profesión y periodista en formación, quien escribe para cuestionar y conversar. Aurora de la columna "Movimiento que habla".

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