Ley contra feminicidios: organizaciones feministas piden priorizar prevención y reparación sin discriminación

Más años de prisión no significan necesariamente menos feminicidios. Esa es una de las principales preocupaciones expresadas por 38 colectivas feministas, organizaciones y personas firmantes ante la iniciativa de Ley contra Feminicidios presentada por el Gobierno Federal, pues señalan que aumentar las penas hasta 70 años no atiende las fallas institucionales que persisten en la prevención, investigación, protección y reparación de las víctimas.

Por Karen García / @karen_gdlt 

Ante la iniciativa de Ley contra Feminicidios presentada por el Gobierno Federal, 38 colectivas feministas, organizaciones y personas firmantes, realizaron un llamado al Congreso de la Unión, en el que señalaron la perspectiva punitivista de esta ley, con definiciones discriminatorias y una falta de enfoque de género, prevención, protección y reparación del daño.

La ley plantea que las personas que cometan feminicidio tendrán una mayor pena de entre 50 hasta 70 años de prisión. Además, este delito se clasificaría como imprescriptible y perseguible de oficio. Sin embargo, también carece de una perspectiva no discriminatoria al agregar la definición de la categoría de “mujer”, un concepto que las organizaciones distinguen como innecesaria para acreditar dicho delito. Desde su análisis esta situación lleva a la discriminación, atenta contra la dignidad y los derechos de las personas a quienes esta ley busca proteger, como lo son las mujeres trans. 

Daisy Paniagua, integrante de la organización feminista Equis Justicia para las mujeres, en el área de prevención de las violencias y discriminaciones, expresó en entrevista con ZonaDocs, que esta ley es una gran oportunidad para que el Estado mexicano fortalezca de manera efectiva, su respuesta ante la violencia feminicida. No obstante, la perspectiva punitivista no resuelve un problema que es estructural, con gran impunidad y que falla desde las instituciones de investigación. 

Frente a ello, sugieren tres enfoques principales imprescindibles en su abordaje y construcción: prevención, protección y reparación del daño.

“¿Qué implica esto?  Proteger a las mujeres que están en riesgo, investigar adecuadamente los casos, reparar integralmente a las víctimas indirectas, es decir, a las familias, y  garantizar que estas violencias no vuelvan a ocurrir.”, expresó Daisy. 

Asimismo, reiteró que la definición legal de mujer es innecesaria para la configuración del delito, puesto que, los códigos penales actuales se configuran a través de razones de género. Por lo tanto, esta ley se contradice al contemplar el principio de igualdad, no discriminación e interseccionalidad. 

 

Esta iniciativa de ley plantea protocolos homologados, sin embargo, Equis Justicia señala con preocupación la poca capacidad que tienen las instituciones para ponerlos en práctica, en condiciones en los que sus funcionarios y funcionarias no poseen capacitación adecuada y pertinente en perspectiva de género, además de tener grandes fallas, omisiones y deficiencias que provocan que sean las familias de la víctima las  que recaben pruebas e investiguen. 

“Hay falta de capacidad y especialización, sí. Pero también creo que no es un problema individual, solo de las servidoras y servidores públicos, es un problema institucional.”, señaló Deisy. En su experiencia, las fiscalías especializadas en feminicidio operan desde la precariedad, con personal insuficiente y una gran carga de trabajo, provocando que las investigaciones no se hagan de manera correcta. 

Según el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio, solamente entre el 25% y 27% de las muertes violentas contra mujeres comienzan investigaciones con la definición de feminicidio. Esto a pesar de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que demanda que toda muerte de esta índole debe ser definida como tal. 

“La responsabilidad penal es una obligación del Estado. Lo que decimos es que sancionar no es lo mismo que reparar ni prevenir. Una pena alta no devuelve la vida a la mujer ni atiende necesariamente las consecuencias que van a enfrentar sus familiares.”, explicó Deisy.

Para que haya una garantía de no repetición, se debe analizar el qué pasó antes, cómo actúan las instituciones que deben dar protección a las mujeres, los contextos de violencia, desigualdad, control y amenazas por los que pasa una mujer. 

“Creemos que es una iniciativa importante en la medida que logre fortalecer la prevención y la atención a las mujeres y no solo la sanción, porque efectivamente, la sanción y las penas más altas no inhiben el delito.”, concluyó Deisy. 

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Karen Garcia
Karen Garcia
Fotógrafa y periodista en proceso. Fiel creyente de que el amor y la ternura son revolucionarios. Quiero contar historias que defiendan los derechos humanos y tengan un impacto en la estructura de la sociedad.

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