La educación para los derechos humanos (clasificación generacional con fines pedagógicos)

En Pie de Paz

Por María Amelia Solórzano Peña**

En el 2011, la Organización de las Naciones Unidas emitió la Declaración sobre la educación y formación en materia de derechos humanos.  En este documento se reconoce que la educación y la formación son esenciales para la promoción del respeto universal y efectivo de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, de conformidad con sus principios y las características esenciales que los definen.

La educación en derechos humanos sitúa a la persona como titular de derechos y como agente de cambio. Su objetivo es empoderar a las personas para que conozcan, defiendan y promuevan sus propios derechos y los de los demás.  Asimismo, se enfocan en combatir la ignorancia y el desinterés, que son las principales fuentes de vulneración. 

En ese sentido, busca contribuir a la formación de una ciudadanía activa y comprometida, interesada en conocer los fenómenos globales y los dilemas emergentes del siglo XXI.  

Una de las estrategias para su enseñanza ha sido utilizar la teoría de la clasificación generacional.  Esta teoría se ha empleado como un medio para apoyar el proceso de aprendizaje al organizar los derechos humanos en grupos, basándose en su evolución histórica, los valores que los inspiran y las obligaciones que imponen al Estado. 

Es importante destacar que la clasificación por generaciones es una herramienta didáctica para hacer el conocimiento sobre el tema más fácil y accesible. No obstante, en la práctica, todos los derechos humanos se consideran universales, indivisible e interdependientes, sin jerarquía entre ellos.

La principal utilidad de la clasificación se encuentra en su capacidad para simplificar y organizar un campo de estudio muy amplio y complejo. Así, proporciona un marco analítico y pedagógico para entender los diferentes aspectos de la dignidad humana y cómo los derechos han afrontado las diversas formas de opresión a lo largo de la historia. 

Cada generación surge en respuesta a las necesidades y los movimientos sociales de su época, lo que les otorga un carácter evolutivo:

Primera generación – Derechos civiles y políticos

  • Valor principal – Libertad
  • Surgen de las revoluciones liberales. Buscan limitar el poder del Estado y garantizar la autonomía del individuo. Son derechos de “abstención” estatal.
  • Ejemplos de derechos que se incluyen en este grupo: derecho a la vida, a la libertad, a la libertad de expresión, al derecho al voto y a ser elegido, a la propiedad privada, a la libertad de asociación y de reunión, etc.

Segunda generación – Derechos económicos, sociales y culturales

  • Valor principal – Igualdad
  • Surgen de las luchas obreras y las revoluciones socialistas. Buscan garantizar condiciones de vida dignas para todos. Exigen una acción positiva y una provisión de recursos por parte del Estado.
  • Ejemplos de derechos que se incluyen en este grupo: derecho a la educación, a la salud, al trabajo, a la vivienda, a la seguridad social, a la cultura, etc.

Tercera generación – Derechos de los pueblos o de solidaridad

  • Valor principal – Solidaridad y fraternidad
  • Surgen como respuesta a problemas de escala global y transnacional (crisis ambientales, guerras mundiales, globalización). Son derechos de la colectividad o de los pueblos.
  • Ejemplos de derechos que se incluyen en este grupo: derecho a la paz, al desarrollo sostenible, a un medio ambiente sano, a la libre determinación de los pueblos, al patrimonio común de la humanidad, etc.

Las primeras tres generaciones son ampliamente aceptadas, las de cuarta y quinta abordan conceptos más recientes que aún están en desarrollo y son objeto de debate entre académicos y juristas. Su inclusión sirve para responder a los nuevos desafíos globales.

Cuarta generación – Derechos digitales o tecnológicos

  • Valor principal – Acceso digital y autonomía en el ciberespacio.
  • Surgen con la revolución tecnológica, el internet y la inteligencia artificial. Buscan proteger los derechos fundamentales del ser humano en el entorno digital.
  • Ejemplos de derechos que se incluyen en este grupo: derecho de acceso a Internet, a la neutralidad de la red, a la protección de datos personales, al olvido, a la ciberseguridad, a la identidad digital, etc.

Quinta generación – Derechos de la bioética o biogenéticos

  • Valor principal – Existencia y bioética
  • Están en pleno debate. Buscan proteger la integridad de la especie humana y la vida del planeta frente a los avances exponenciales de la biotecnología y la ingeniería genética.
  • Ejemplos de derechos que se incluyen en este grupo: derecho al patrimonio genético no modificado, derechos de las generaciones futuras, a la protección del ecosistema biosfera, a los límites a la clonación y nanotecnología, etc.

En resumen, la clasificación generacional es solo una de las múltiples aproximaciones didácticas que pueden utilizarse para aprender sobre los derechos humanos.  Finalmente, la educación para los derechos humanos al ser un proceso integral debe garantizar que los derechos sean comprendidos, defendidos y ejercidos activamente, fortaleciendo así los cimientos democráticos esenciales para la libertad, la igualdad y la justicia en el mundo contemporáneo.

Para saber más:
Miraut Martin, L. (2022). El sentido de las generaciones de derechos humanos. Cadernos de Dereito Actual(19), 431–446. https://www.cadernosdedereitoactual.es/index.php/cadernos/article/view/894

Naciones Unidas (2011, abril 8) Resolución A/HRC/RES/16/1 aprobada por el Consejo de Derechos Humanos. Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación en materia de derechos humanos. https://docs.un.org/es/A/HRC/RES/16/1

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Profesora universitaria. Investigadora Nacional nivel I. Miembro del Cuerpo Académico UDG 1097 “Cultura de paz y participación ciudadana”. Integrante del Centro de Estudios de Paz (CEPAZ) del Instituto de Justicia Alternativa de Jalisco (IJA).

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"Es una columna que busca colocar en el debate público la relevancia de la cultura y la educación para la paz. Esta columna es escrita en colaboración con las y los integrantes del Centro de Estudios para la Paz (Cepaz) del Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco”.

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