El valor de una madre abre el camino para que el Estado Mexicano acate como obligatorias las Acciones Urgentes de búsqueda de la ONU

El pasado 17 de junio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Estado Mexicano tiene la obligatoriedad de cumplir Acciones Urgentes que han sido emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas.

¿Qué implica esto para las familias que buscan a un ser querido desaparecido? De ello, hablamos con con Juan Carlos Gutiérrez, director de I(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C., organización que solicitó a la SCJN, la revisión de un amparo, pues el Poder Ejecutivo y Judicial de Veracruz declararon como improcedentes las Acciones Urgentes que se emitieron para la búsqueda de Víctor Álvarez Damián Marcial, desaparecido de manera forzada, el 11 de diciembre de 2013.

Por Josué Ibarra/ @josueibarrasala

Foto: I (dh)eas

La lucha e insistencia de una madre que se negó a recibir las negativas dadas por el Gobierno de Veracruz, hoy ha sentado un precedente para la búsqueda de todas y todos los desaparecidos en México.

Perla Damián Marcial -madre de Víctor Álvarez Damián Marcial, desaparecido de manera forzada, el 11 de diciembre de 2013, por elementos de la Marina Armada de México y policías estatales de Veracruz- decidió no quedarse quieta cuando el Poder Ejecutivo y Judicial de Veracruz declararon como improcedentes las Acciones Urgentes que el Comité contra la Desaparición Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas había declarado para la búsqueda inmediata de su hijo.

Al tener esta negativa, solicitó el apoyo de la organización I(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos, la cual realizó todo un proceso jurídico contra la decisión tomada por los poderes del Estado de Veracruz; este litigio estratégico iniciado en octubre de 2017, tuvo un primer revés cuando el Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Veracruz, en enero de 2018, también declaró como improcedentes las Acciones Urgentes señalando que: “no existe una obligación legal para su cumplimiento”.

Esto derivó en la solicitud que Perla Damián Marcial e I(dh)eas realizaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que atrajera el amparo que habían interpuesto. En agosto de 2019, la Primera Sala del máximo tribunal asumió la competencia, pero no fue hasta el pasado 17 de junio cuando declararon que las Acciones Urgentes que emita el Comité contra la Desaparición Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas son de carácter obligatorio para el Estado Mexicano.

Esta acción será favorable para todas aquellas víctimas de desaparición, pues a la fecha el Estado Mexicano y diversos gobiernos estatales, en conjunto, han recibido 415 casos de Acciones Urgentes que deberán resolverse tras la obligatoriedad señalada por las y los ministros de la SCJN.

Las Acciones Urgentes son un mecanismo establecido en el artículo 30 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas que conmina a los Estados a emprender acciones inmediatas para la búsqueda y localización de personas desaparecidas.

Retrato de Perla Damían para la portada del documental “Abrir la tierra”.

La lucha y empeño de una madre por conseguir búsqueda y justicia para su hijo

“Todo empesó con el caso de Víctor Álvarez Damián, un muchacho desaparecido en el año 2013 por la Marina Armada de México en un operativo conjunto con la policía Estatal de Veracruz. A él lo desaparecen junto con otros muchachos, a quienes acusan de supuestamente robar teléfonos celulares, en el marco de un operativo que se ordena para atacar la delincuencia,; ahí es cuando desaparecen a estos muchachos; a él, específicamente, se le ve entrar a la dependencia de la policía ministerial de la Policía Marina, en donde se detenían en ese tiempo a las personas, desde entonces no se sabe de su paradero”, explicó Juan Carlos Gutiérrez, director de I(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos.

Quien comenzó a buscarle de manera inmediata fue su madre, Perla Damián Marcial. La cual, desde el inició, se enfrentó a las negativas de las autoridades, pues éstas negaban que su hijo hubiese sido detenido y después negaron que fuese víctima de desaparición forzada.

Su lucha llegó hasta el Comité contra la Desaparición Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas, instancia que emitió las Acciones Urgentes de búsqueda en el año 2015. Desde ese año es que recibió el acompañamiento y asesoría de organización I(dh)eas.

“Nosotros tramitamos una acción urgente en 2015, en esa acción urgente le decíamos al Comité de Desaparición Forzada que necesitábamos que el Estado informara de manera internacional las medidas que había tomado para investigar y localizar a la persona; ante esa situación pasó un año y México dijo que lo estaba buscando, pero no precisó nada más. Pasaron dos años, y entonces nosotros presentamos un recurso de amparo y en en éste pedíamos dos cosas: Pedíamos a la jueza que obligara a la fiscalía de Veracruz a buscar a Víctor, y dos, que el Fiscal reconociera y aceptara que son obligatorias las órdenes de Naciones Unidas”, señaló Juan Carlos Gutiérrez.

Quien ahondó en su relato:

“Sin embargo, el Estado de Veracruz declaró que no eran obligatorias tales medidas, así que el amparo fue resuelto en un sentido desfavorable a nosotros; igual pasó con la jueza quien también señaló que no era obligatoria la decisión de Naciones Unidas”.

A petición de la madre de Víctor, se presentó un recurso ante una segunda instancia, esto por la relevancia que tenía el tema en el marco de una crisis generalizada de personas en México. Ahí es cuando el ministro Arturo Zaldívar, quien aún no era presidente de la SCJN, decide atraer el caso por la trascendencia social y por lo que implica en términos jurídicos el declarar como improcedentes los tratados internacionales que el país ha firmado en materia de desaparición forzada de personas.

¿Qué impacto tiene eso para la búsqueda de las y los desaparecidos en México?

“Estamos hablando de 415 casos en lo que las Naciones Unidas le ha pedido al Estado Mexicano información sobre esas acciones que realizan para la búsqueda de las y los desaparecidos, preguntas relevante como: ¿Dónde están? ¿Qué ha hecho el Estado por ellos? ¿Cómo los han buscado? La mayoría de estas Acciones Urgentes son casos estatales; por ejemplo, más de 120 en Guerrero, más de 40 en Nayarit, varios de Jalisco, muchos de Tamaulipas… son muchos casos a nivel estatal, pero  que los gobiernos estatales no han tomado en serio; entonces, ahí está el impacto, de entrada 415 casos de personas desaparecidas donde el Estado está obligado a informar, y así será ahora para todos los casos que vengan porque la gente va a seguir utilizando esta modalidad de las Acciones Uurgentes”.

Además, como apuntó el director de I(dh)eas, esta es una decisión relevante porque con ello se reafirmarían los criterios jurisprudenciales que la SCJN ha declarado de manera reiterada:

“Desde el expediente del caso Rosendo Radilla y la contradicción de tesis 293, que señalan que las obligaciones convencionales –en este caso de las Naciones Unidas– son obligatorias y vinculan a todas las autoridades de acuerdo con artículo 1 constitucional y de conformidad con el bloque de convencionalidad. Además, la decisión avanzaría en un importante reconocimiento al derecho que tienen las víctimas de la desaparición a ser buscadas y las obligaciones del Estado a actuar de manera diligente, realizando todas las acciones necesarias desde los primeros momentos en los que se denuncia la desaparición”.

Además apuntó que esta decisión: “Reconoce la ardua y valerosa lucha de la señora Perla Damián Marcial, quien desde el momento en el que su hijo fue víctima de desaparición forzada no ha cesado en la búsqueda y en la exigencia de justicia”.

Lo determinado por la SCJN, en caso de declararse positiva, obligará a la Fiscalía del Estado de Veracruz a atender las Acciones Urgentes de manera inmediata, esto a pesar de la negativa que aún puedan tener ministerios públicos vinculados la caso:_

“Algunos ministerios públicos han dicho que esto no lo obliga a ellos porque sólo es contra la Fiscalía de Veracruz, pero nosotros desde ahora estamos diciendo que es completamnte equivocada esa apreciación, porque el comunicado de la Suprema Corte es clarísimo: en esa resolución dice que el cumplimiento de las decisiones de acciones urgentes es obligatorio para las autoridades del Estado Mexicanos no dice de Veracruz, el Estado Mexicano lo conforma las 32 entidades federativas, así la primera sala decide conceder el amparo” así lo mencionó Juan Carlos Gutiérrez.

Específicamente, el Boletín emitido por la Primera Sala de la SCJN sobre la revisión de un juicio de amparo solicitado por Perla Damián Marcial, madre de Víctor Álvarez Damián Marcial, víctima de desaparición forzada en el Estado de Veracruz, pide se responda inmediatamente a sus exigencias y solicitudes de información, las cuales incluyen:

  1. La omisión de implementar, coordinar y efectuar una investigación diligente, exhaustiva, imparcial y seria para lograr la localización de su hijo
  2. La omisión de realizar las diligencias para la persecución del delito de desaparición, así como para dar con los responsables
  3. La negativa de proporcionar copias y acceso a las averiguaciones previas
  4. La omisión de implementar las medidas y acciones urgentes emitidas respecto a este caso por el Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas.

¿Qué otras deudas tiene el Estado Mexicano con las familias de personas desaparecidas?

Para saber qué otras obligaciones no han sido cumplimentadas por el Estado Mexicano en materia de investigación y búsqueda de pesonas desaparecidas, se le preguntó a Juan Carlos Gutiérerez, director de  I(dh)eas, en qué está en deuda el Estado con las familias con un ser querido desaparecido.

  • El más importante es la atención a las víctimas; por ejemplo, nosotros hemos insistido el tema de la atención en salud a las víctimas que han generado enfermedades graves, que el Estado sobre todo la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas no la quiere atender.
  • La negligencia de omisión en la búsqueda de las personas desaparecidas, la búsqueda en vida o muerte de las personas y eso abre un tema, que es la identificación forense. México tiene más de 60 mil cadáveres o restos óseos sin identificar, son 60 mil personas que se están buscando y están sin identificar, ya sea que están en fosas clandestinas o en cementerios como NN no identificados, en panteones forenses o en servicios médicos forenses.
  • Se necesita implementar lo que creó hace poco el Gobierno Federal, el Mecanismo Extraordinario para la Identificación Forense de personas.
  • Profesionalizar a las Fiscalía Especializadas a nivel Estatal y Federal encargadas de la búsqueda de personas desaparecidas, pues se requiere incorporar gente con capacidad suficiente para reaccionar ante esta crisis.
  • Generar mecanismos de colaboración para que empresas privadas asuman la responsabilidad con la búsqueda de las y los desaparecidos, pues instancias como: Facebook, Google, Gmail, no entregan información rápida y oportuna cuando la Fiscalía lo solicita y eso es clave, es importantísimo para la búsqueda inmediata de las personas desaparecidas.

***

Para saber más sobre los Compromisos de México en Materia de Reparaciones; El reconocimiento de la competencia de los Comités de las Naciones Unidas y el acatamiento de sus decisiones:

http://idheas.org.mx/especiales/amicus/descargas/articulo-openidheas.pdf

 

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Josué Ibarra
Josué Ibarra
Estudiante de Estudios Políticos y Gobierno en la Universidad de Guadalajara. Caminando con las raíces de mi pueblo y luciéndolas con honor. El periodismo, la democracia, la empatía y la justicia son la estructura del progreso.

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