Acceso al ejercicio de derechos sexuales de mujeres en contexto de movilidad en México: Marco Jurídico

Xenia Consultoras

Por Viviana Daniela Arce Corona de Xenia Consultoras / @XConsultoras

“¿El cuerpo de la mujer es “privado” o es privado de derechos?”, Bonaccorsi N. (2008)

El contexto
Las dinámicas de la cultura, las relaciones sociales y el medio productivo a través de la categoría de género ha perpetuado estereotipos que oprimen y violentan a las mujeres en distintos ámbitos de su vida, a través de estructuras que perpetúan la asimetría de poder entre lo “masculino” y lo “femenino”, incluso en el acceso a derechos humanos, con énfasis en aquellos que refieran a la autonomía de nuestros cuerpos como el ejercicio y disfrute de la sexualidad humana, que están estrechamente relacionados con el ejercicio de la libertad de las personas, específicamente a decidir sobre sus cuerpos y que si bien, la categoría de derechos sexuales y reproductivos es amplia y abarca distintas dimensiones, es habitualmente reducida a la dimensión del ejercicio de la maternidad.

¿Y qué dice la ley?
Esta categoría de derechos están reconocidos en instrumentos nacionales como en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Salud y distintas Normas Oficiales Mexicanas, así como, en distintos cuerpos normativos y orientativos internacionales como la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer; la Observación general No 14: sobre el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud del artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y la Convención de la CEDAW, por solo mencionar algunos.

Sin embargo, en el caso concreto del estado de Jalisco, podemos ver plasmados de estos derechos sólo la planificación familiar y la educación sexual en la Ley de Salud del estado de Jalisco, mientras que la información respecto de políticas públicas que garanticen el acceso a está categoría de derechos es escasa, y temo yo, que por dos posibles razones (las dos igual de terribles): a) tenemos un sistema de acceso a la información deficiente que rara vez se actualiza; b) no existen dichas políticas públicas.

La doble vulnerabilidad
Por otro lado, es importante reconocer que si las mujeres como grupo en contextos de vulnerabilidad ya enfrentan obstáculos para el ejercicio libre de sus derechos sexuales y reproductivos, estos obstáculos se ven agravados o acrecentados al cruzarse con las distintas realidades que intersecan a las mujeres.

Caso de las mujeres en contextos de movilidad humana, que cada vez tienen mayor presencia dentro de los flujos migratorios, y particularmente de las mujeres migrantes en tránsito irregular que son objetas de una doble discriminación: a) por el hecho de ser mujeres; b) por su condición migratoria irregular que les impide acceder a documentos de identidad, por ejemplo.

Distintos actores han documentado la falta de información, atención especializada y servicios gratuitos en materia de derechos sexuales y reproductivos que sufren las mujeres migrantes que transitan por México; de acuerdo al informe “Mujeres migrantes en Tapachula: barreras y facilitadores para el acceso a la salud sexual y reproductiva en 2020”, realizado por el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva; en conjunto con Ipas CAM A.C; Médicos del Mundo Francia México, A.C y Population Council Inc. las mujeres migrantes en tránsito se enfrentan a necesidades de salud asociadas a su sexo, género, sexualidad y reproducción, incluidas aquellas necesidades médicas derivadas de haber sido víctimas de delitos sexuales, que trae a colación otra triste realidad a la que las mujeres migrantes en tránsito irregular se enfrentan en sus trayectos, como la violencia sexual ejercida por compañeros de viaje, “coyotes” e incluso autoridades del país de tránsito; el alto riesgo que corren mujeres, niñas y adolescentes principalmente de ser víctimas de delitos más gravosos como la trata de personas, y que ante la conciencia de tales realidades optan por el uso de métodos anticonceptivos y/o preservativos desde emprenden su trayecto (Zona Docs, 2022).

En específico, diversos reportajes e investigaciones coinciden en que las mayores deficiencias en el acceso al ejercicio libre de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres migrantes en tránsito son: a) la falta de atención a la salud menstrual, incluidos cambios en el ritmo, frecuencia dolores o la ausencia de sangrado; b) falta de anticonceptivos, dificultando la continuidad del uso de anticonceptivos y la falta de espacios de consejería respecto de las opciones existentes; c) Falta de atención durante embarazos, las mujeres migrantes tienen dificultad para acceder a pruebas de laboratorio y revisiones de rutina de forma gratuita lo que les impide tener un diagnóstico y seguimiento del estado de su embarazo, e incluso, la negativa a acceder a un aborto por falta o falla de los anticonceptivos o producto de una agresión sexual.

Si bien, con el apoyo de Organizaciones de Sociedad Civil en el estado de Jalisco, una pequeña parte de la población de mujeres migrantes en tránsito irregular han podido acceder al ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, está medida de atención continúa siendo insuficiente ante la falta estrategías gubernamentales para atender está problemática de acceso real al ejercicio de estos derechos.

¿Y qué sigue?
El discurso que México ha fijado a través de la firma de diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos se encuentra desalineado con las características de la actual política pública en materia de derechos humanos hacia población en situación de movilidad humana; los últimos esfuerzos importantes registrados en la materia fue en 2011 con la reforma constitucional y hace 3 años en materia de niñez migrante.

Es evidente la falta de mecanismos y estrategias para garantizar el acceso a los derechos sexuales y reproductivos de mujeres en contextos de movilidad humana que transitan de forma irregular por territorio mexicano.

Aunque a nivel federal se habla recurrentemente de la perspectiva de género en distintos espacios y ámbitos públicos y existen registros de los altos índices de violencia y de los riesgos que implica migrar para las mujeres, niñas y adolescentes, la burocratización del término no implica un impacto positivo y real en el ejercicio de derechos humanos de las mismas, por lo que resulta importante recordar que los compromisos que el estado ha adquirido en el ámbito internacional no culminan con la incorporación y el reconocimiento expreso de los derechos en los cuerpos normativos nacionales y locales; requiere de estrategias transversales con la incorporación de enfoques mínimos de perspectiva de género, enfoque de hospitalidad y desarrollo humano, interculturalidad e interseccionalidad.

FICHA TÉCNICA:

Item

Descripción

Método

Análisis documental

Temporalidad

29 de abril – 09 de mayo

Zona geográfica

Nacional y estatal: Jalisco

Bibliografía

  •  Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva; Ipas CAM A.C; Médicos del Mundo Francia México, A.C y Population Council Inc. (2020) Mujeres migrantes en Tapachula: barreras y facilitadores para el acceso a la salud sexual y reproductiva en 2020. Recuperado de: https://knowledgecommons.popcouncil.org/depart ments_sbsr-pgy/1533/
  •  Congreso de la Unión (2021) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de:https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEU M.pdf
  • -Congreso de la Unión (2014) Ley General de Salud. Recuperado de: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5361072&fecha=23/09/2014#:~:text=Esta%20norma%20tie ne%20por%20objeto,presta%20el%20servicio%20en% 20%C3%A9stas.
  • Congreso del Estado de Jalisco (2018) Ley de Salud Del Estado de Jalisco. Recuperado de:https://info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/leyes/ley_ de_salud_del_estado_de_ jalisco_0.pdf
  • ACNUDH (s./f.) Derechos sexuales y reproductivos. Recuperado de: https://hchr.org.mx/historias-destacadas/derechos-se xuales-y-reproductivos-2/
  • Soto A. (2020) Mujeres migrantes enfrentan barreras para atender su salud sexual y reproductiva. Recuperado de:https://desinformemonos.org/mujeres-migrantes-enf rentan-barreras-para-atender-su-salud-sexual-y-repr oductiva/
  • Anaya S.; Zona Docs (2022) Mujeres migrantes en tránsito son vulneradas en sus derechos sexuales y reproductivos. Recuperado de: https://laverdadjuarez.com/2022/01/31/mujeres-migra ntes-en-transito-son-vulneradas-en-sus-derechos-se xuales-y-reproductivos/

* Najar A; BBC Mundo (2015) Qué es la “inyección anti-México” que toman las migrantes centroamericanas. Recuperado de:https://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/10/151019_ inyeccion_anti_mexico_migracion_centroamerica_m exico_an#:~:text=El%20uso%20de%20anticonceptivo s%20entre,adultas%2C%20sino%20tambi%C3%A9n% 20entre%20adolescentes.&text=A%20veces%20son% 20los%20mismos,quienes%20aconsejan%20tomar%2 0esos%20medicamentos.

  • Arce Corona, V. (2023) Análisis de las obligaciones en materia de derechos humanos hacia las personas en situación de movilidad humana y su impacto en las políticas públicas en México. Tesis de Maestría; ITESO.

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Somos un proyecto de periodismo documental y de investigación cuyo epicentro se encuentra en Guadalajara, Jalisco.

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