Piden hacer públicas las bases de datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y transparentar metodología

Junto con decenas de organizaciones y colectivos de víctimas en el país, el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD) en Jalisco, se suma a la demanda de la publicación de la metodología y base de datos en formato abierto del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) presentado el pasado lunes 13 de julio.

Según ha externado la organización para la defensa de los derechos humanos en el estado, dicha acción permitiría generar de manera independiente análisis de contexto y con ello, avanzar en las investigaciones que los familiares y sus acompañantes realizan para esclarecer sus casos y traer de regreso a sus seres queridos desaparecidos.

A través de un comunicado los colectivos de familiares han señalado que se trata también de un ejercicio de “rendición de cuentas, verificación, contraste de la información y respeto al principio constitucional de máxima publicidad”. De tal forma que, el Estado Mexicano deberá “transparentar la metodología del Registro y ofrecerlo en formato abierto para garantizar el derecho a la información y a la verdad de la sociedad mexicana y familiares”.

Por Redacción ZonaDocs / @ZonaDocs

El Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD) emitió sus observaciones respecto al nuevo Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), presentado el pasado lunes 13 de julio por la Secretaría de Gobernación y la Comisión Nacional de Búsqueda.

Al respecto, señalaron que, si bien “presenta limitaciones”, también “constituye una herramienta clave para conocer la situación de la desaparición de personas en México… y es un avance para conocer estadísticas homologadas sobre la desaparición de personas en todo el país”.

Con ello, se sumaron a la exigencia que colectivos de familiares, universidades, organizaciones y programas de derechos humanos han hecho para demandar al Estado mexicano la publicación de las bases de datos y la metodología del registro, puesto que, han advertido que esto “permitiría hacer de manera independiente análisis de contexto, considerando además que son las familias y sus acompañantes quienes mayor avance presentan en las investigaciones, a la vez que responderían al derecho a la verdad y a la memoria”.

En ese sentido, a través de un comunicado las organizaciones y colectivos de familiares de desaparecidos y víctimas de la violencia, han señalado que ven con preocupación que el nuevo RNPDNO no ofrezca la base de datos del registro en formato de datos abiertos; por lo que, exhortaron al Gobierno Federal, a la Comisión Nacional de Búsqueda y a la Fiscalía General de la República “a que tomen las medidas adicionales necesarias para que la información de éste y los otros registros en materia de desaparición, cumplan con los estándares mínimos de datos abiertos”.

Lo anterior precisado, explicaron, resulta vital para las familias por las siguientes razones:

  1. Porque es necesario para poder monitorear y contrastar la información oficial.

Al respecto, han considerado que es necesario que la sociedad civil y las universidades participen en procesos de escrutinio sobre los datos de las personas desaparecidas, con el objetivo de “corroborar la calidad e integridad de la información”, así como su no duplicación, actualización o, incluso, su aparición dentro de los registros, ya que en el caso de las personas migrantes “han sido escasos o inexistentes”. En ese sentido, señalaron que es “factible realizar una versión pública donde se anonimicen registros individuales sin que exista la necesidad de hacer públicos los nombres de las personas registradas en la herramienta”. Para llevar a cabo esta acción tendrá que seguirse el procedimiento de “disociación de datos personales” establecido en la Ley General de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. . 

  1. Porque es un insumo indispensable para entender la desaparición en México.

Precisaron que el “uso eficiente y coherente de la estadística” podrá ayudar a entender e identificar “patrones de víctimas, patrones de perpetradores y lugares de riesgo”, así como lo señala el artículo 48 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda, expresan en el comunicado; puesto que, el RNPDNO es considerado una herramienta prioritaria en esta materia.

  1. Porque es un derecho de las víctimas y de la sociedad.

Sobre este punto, afirmaron que el RNPDNO, “en un formato abierto y accesible, es un derecho de las víctimas”. Explican que, tanto el artículo 109 como el 18 de la Ley General en Materia de Desaparición, hablan sobre el acceso a un apartado público del RNPDNO, así como del derecho a la verdad de la sociedad mexicana, para conocer “los efectos de la magnitud y repetición de casos en México”. En ambos casos, como mecanismos que permiten entender la problemática, pero también, ejercer el derecho a la memoria.

4.  Porque sin metodología no hay información confiable.

Las organizaciones han precisado que “la confiabilidad de un proceso tan complejo y con numerosos actores que ingresan la información en tiempo real sólo puede garantizarse con una metodología clara”, que permita dar cuenta de su ingreso y su validación. Advirtieron con ello que, esto hará posible “identificar las responsabilidades de cada nodo e, incluso, errores que puedan surgir de manera oportuna“.

Finalmente, coincidieron en que se trata de una obligación del Gobierno mexicano e hicieron las siguientes exigencias:

A la Comisión Nacional de Búsqueda:

  • Que publique la base de datos en formato abierto que permita contrastar y verificar la información.
  • Que publique la metodología del RNPDNO.

A las Fiscalías o Procuradurías Estatales:

  • Que compartan de manera recurrente y transparente los datos sobre personas desaparecidas con los que cuentan.

A la Fiscalía General de la República y a la Comisión Nacional de Búsqueda:

  • Que publiquen el Registro Nacional de Fosas en los términos expresados en este comunicado, mandatado por la Ley General en Materia de Desaparición.

A la Fiscalía General de la República

  • Que publique el Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas, mandatado por la Ley General en Materia de Desaparición.

Al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales:

  • Que asegure el ejercicio del derecho a la información pública y emita recomendaciones y acompañe el proceso de publicación de estas bases de datos.

Sobre el caso Jalisco

Entre las observaciones realizadas por Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD) al caso Jalisco, la organización advirtió que el RNPDNO “rompe con la lógica” del Gobierno del estado de “minimizar la desaparición de personas clasificando los casos de personas desaparecidas como personas no localizadas”. Y expuso que el sistema estatal que contabiliza las desapariciones SISOVID reconoce que en Jalisco hay 7 mil 163 no localizadas y tan sólo 2 mil 250 personas desaparecidas; mientras que el nuevo registro nacional refiere que existen 10 mil 230 personas desaparecidas y sólo siete no localizadas.

Así mismo, explicaron que, de acuerdo con los datos nacionales, el 66% de las personas que fueron reportadas como desaparecidas a lo largo del tiempo en Jalisco permanecen como desaparecidas, hecho que “evidencia el rezago e ineficiencia en la búsqueda y la investigación, además de posible opacidad/incapacidad de la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas”

Respecto a los grupos etarios, expresaron que “las desapariciones han impactado en mayor medida a las personas jóvenes”, presentando mayores picos de incidencia en edades que van de 15 a 29 en el caso de las mujeres y en los hombres de 25 a 29 años. De esta manera, puntualizaron que, tanto las edades en las que se registra la mayor cantidad de personas desaparecidas como su relación con los municipios donde se reportan las desapariciones “permite inferir que algunas de las causas de la desaparición son la trata de personas o reclutamiento forzado”.

Finalmente, expusieron que, si bien el RNPDNO no menciona que existen investigaciones abiertas por el delito de desaparición forzada, los medios de comunicación han hecho público que hay tres carpetas investigación por este delito y 94 servidores públicos judicializados.

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