Sobre la Recomendación 82/2021 respecto a las protestas del 4, 5 y 6 de junio de 2020

Manos Libres

Por Francisco Macías Medina / @pacommedina

El 9 de noviembre de 2021, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 82/2021, en la que acreditó violaciones a la seguridad jurídica y legalidad, libertad personal, integridad y seguridad personal, a la reunión, asociación y libertad de expresión de personas que se manifestaron el 4, 5 y 6 de junio de 2020 por el homicidio de Giovanni López por parte de policías municipales de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jalisco.

La Recomendación es el llamado de atención más fuerte de un Ombudsperson para denunciar incumplimientos a los derechos humanos, denunciar acciones u omisiones y mecanismos de reparación para evitar que los hechos vuelvan a ocurrir.

Por parte de las autoridades, en este caso las del Gobierno del Estado de Jalisco, resultaron con señalamientos integrantes de la Secretaría de Seguridad Pública (SSEJ) y de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJ). Debería de ser una oportunidad para analizar profundamente los resultados de su quehacer, las dinámicas que generan quienes las encabezan, sus incentivos y sobre todo el deslinde de responsabilidades derivado de las investigaciones, por cierto poco abordado en el documento.

Nos tiene que llamar la atención las 80 víctimas identificadas por las múltiples violaciones a los derechos humanos, todas ellas jóvenes que se apropiaron de la calle como espacio de protesta, los cuales, en vez del diálogo recibieron la desprotección del Estado, los golpes y el mensaje directo del poder para acallar y someterse a un control que nada tiene que ver con la democracia.

Se trata de una Recomendación que queda a deber, porque se emite después de un año en el que su falta de oportunidad permitió utilizar y colocar en riesgo a las víctimas, se facilitó la estigmatización y la prevalencia de un ambiente poco propicio para los derechos humanos.

En las investigaciones locales que ocurrieron mientras llegaba la determinación, en vez de profundizar el contexto y la rendición de cuentas sobre la responsabilidad de las cabezas de las instituciones, se optó por el cálculo jurídico, el “control de daños” y el resultado cómodamente mínimo de los procesos penales abiertos por parte de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Corrupción, encaminados principalmente a teorías de responsabilidad individual (en la Recomendación se identifican a más de 13 elementos de la Policía Investigadora y sólo se procesa a unos cuantos) como si la dinámica de represión fuera causa, decisión y consecuencia de unas cuantas personas, por lo que no se ajusta a la verdad, justicia y reparación que se requiere.

La oportunidad y energía para impedir lo anterior, se fue apagando en el caso de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco, la cual aún a pesar de que su personal presenció las graves acciones de los policías investigadores las que incluso documentó fotográficamente, se limitó a administrar un débil informe especial sobre el caso y a esperar esta determinación. 

Aun así, la Recomendación 82/2021 muestra un panorama grave y desalentador de lo que ocurrió el 4, 5 y 6 de junio de 2020, por ejemplo:

  • Inexistencia de controles (registros) relacionados con el ingreso de personas a instalaciones donde en teoría debería de informarse y transparentarse las restricciones a la libertad. 
  • Utilización de sitios sin supervisión para mantener ilegalmente a personas privadas de la libertad, este el caso de la llamada “Jaula” ubicada en la FGJ.
  • Intervención de 21 policías investigadores (en los hechos del 6 de junio) sin mando y conducción, sin supervisión y sin limitación en el uso de los recursos para su actuación ilegal (radios, vehículos -uno de ellos con rótulo de una empresa de banquetes-, instalaciones, uso de objetos ilegales para agredir (sobresalen tubos, bates y un remo), vestimenta sin identificación, capuchas). Uno de ellos, incluso fue detenido en flagrancia al agredir físicamente a un manifestante el 5 de junio.

Irónicamente hay información que fue proporcionada por el área de investigación del delito de abigeato – por ejemplo, de la recuperación de algunos teléfonos y mochilas de las víctimas-, porque en realidad el trato a los jóvenes fue como si se trataran de objetos.

  • Muchas de las víctimas fueron dejadas en inmediaciones de la Zona Metropolitana de Guadalajara. El Estado cuyo fin es atomizar y dispersar, no dialogar o rendir cuentas, con un claro riesgo a la vida, integridad y libertad de personas en un contexto de emergencia por las desapariciones forzadas.
  • Intervención a los aparatos celulares de forma ilegal para obtener ilícitamente datos.
  • Por parte de los elementos de seguridad de la SSEJ, la utilización de la detención arbitraria y la retención prolongada (por más de tres horas)-también en un edificio público como lo fue Palacio de Gobierno- como forma ilegal de silenciar las protestas y retrasar el deslinde de responsabilidades, así como el debido proceso.
  • La existencia de investigaciones que increíblemente después de un año se encuentran en “reserva”, aún a pesar de las evidencias, dictámenes y las propias determinaciones judiciales a las que se ha llegado.
  • La falta de un sistema de negociación y diálogo no violento con los manifestantes, optándose por dinámica de confrontación y de uso de fuerza ilegal en muchos de los casos.
  • Elaboración de informes sobre presuntas violaciones a los derechos humanos en los que se niega en abstracto lo evidente y se favorece un desapego a la verdad por parte de la SSEJ y FGJ
  • La agresión indebida a 20 víctimas, por objetos duros, por sometimiento y hasta una fractura de un codo por parte de policías de la SSEJ.
  • La inexistencia de un servicio médico al interior de las corporaciones con garantías de independencia y eficaces para documentar los tratos crueles, inhumanos o degradantes que se llevaron a cabo.

Como se aprecia con claridad, aunque las medidas reparatorias solicitadas en la Recomendación son coherentes con los marcos legales, lo documentado demuestra en cada uno de los puntos la involución en el quehacer de la SSEJ y la FGJ.

Una disculpa pública solo provocará la simplificación de la grave situación en las que se encuentran las corporaciones por su falta de autenticidad, además provocará una revictimización porque no recuperará la voz perdida y necesidades de cientos de jóvenes.

Si en realidad se busca reparar la represión ocurrida el 4, 5 y 6 de junio de 2020, inicialmente debe reconocerse que la seguridad y justicia en Jalisco se ejercen de forma delictiva y que solo se podrá superar con la instalación de mecanismos extraordinarios de cooperación internacional que nos obliguen a reaprender lo que significa un Estado democrático y el aprecio a los derechos humanos.

Otra de las formas no es solo inscribir a las víctimas en registros limitados para reparaciones del mismo sentido, sino en constituir urgentemente mecanismos de justicia transicional que recuperen las voces de las víctimas – sobre todo de las y los jóvenes-  y que el proceso se centre en conocer la verdad, para comenzar a transparentar los mecanismos y dinámicas, además de quienes los incentivan. Solo así podemos aspirar a una justicia que en realidad responda al contexto que transitamos.

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Francisco Macías Migrante de experiencias, observador de barrio, reflexiono temas de derechos humanos.

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