La violencia política por razones de género en la administración pública

Desde Mujeres

Por Nancy García Vázquez / @NancyGarv / @DesdeMujeres

Académica de la Universidad de Guadalajara

En México, la violencia política por razones de género (VPRG) es un fenómeno cuya incidencia es más visible en los procesos electorales. A lo largo del país se han denunciado casos, por ejemplo, de amenazas graves a candidatas a cargos de elección popular con el propósito de que desistan de ejercer su derecho a ser votadas. Sin embargo, son menos visibles –que no menos frecuentes- las denuncias de servidoras o funcionarias que son impedidas para ejercer un cargo al interior de la administración pública.

Apenas en el año 2020, se aprobaron una serie de modificaciones constitucionales para prevenir y sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género. Entre tales disposiciones se encuentran modificaciones Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, Ley General de Partidos Políticos, Ley General en Materia de Delitos Electorales, Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

De manera particular, la VPRG que afecta a servidoras o funcionarias púbicas no electas, esto es, mujeres cuya designación o incorporación a la administración pública no fue a través de un proceso electoral, puede tener dinámicas muy distintas. 

Cuando la violencia sucede en estos ámbitos no hay una afectación directa a los derechos políticos y electorales, pero sí se afectan el libre desarrollo de la función pública, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, su participación en la toma de decisiones, su libertad de organización e incluso su desarrollo profesional y laboral. Particularmente esta última dimensión puede vulnerar su economía y la de su familia al no tener las garantías labores mínimas que acompañan su función o cargo público.

En ese sentido, la VPRG contra las servidoras o funcionarias tiene como propósito limitar su incidencia como autoridad en las decisiones gubernamentales, jurídicas, económicas, financieras, de justicia, de asignación y ejercicio de recursos públicos, en la determinación de la justicia, por mencionar algunos ámbitos. En un sentido general, la VPRG impide que las mujeres ejerzan el poder público que les fue conferido y con ello las minimiza en su contribución al desarrollo de la administración pública o a la realización de una agenda pública. En un sentido individual, esta violencia obstaculiza el desarrollo profesional de las mujeres en la gestión pública y puede tener impactos muy negativos en su vida.

Hay que entender que quienes perpetran la VPRG pueden ser miembros del propio funcionariado público, pero también puede ser una violencia institucional proveniente de todo un poder público, de una organización partidista o incluso un sindicato. En ese sentido, la violencia institucional puede ser más grave y perniciosa, pero al mismo tiempo, más difícil de visibilizar y, por supuesto de sancionar. La violencia institucional puede adoptar varios tipos: económica, física, psicológica, patrimonial, sexual o simbólica.

¿Por qué puede suceder la VPRG al interior de la administración pública? Existen varias razones pero todas confluyen en una misma causa: la prevalencia de una cultura patriarcal en la administración pública y también en la debilidad institucional de nuestras democracias.

En la diferenciación de roles de género sostenidos por la cultura patriarcal, el ejercicio del poder público ha sido un ámbito mayoritariamente masculino. A pesar de las acciones afirmativas y de las iniciativas en favor de la paridad, muchos actores individuales o colectivos, se resisten a ejercer el poder en condiciones igualitarias. 

Si las instituciones no tienen sistemas de incentivos para visibilizar estas conductas no democráticas, no igualitarias y violentas, pero sobre todo si no son sancionadas, entonces será más difícil limitar los cotos patriarcales al no existir costos y consecuencias por el incumplimiento de las leyes apenas aprobadas hace dos años.

Un ejemplo reciente de esta violencia institucionalizada, no visible y no verbalizada está sucediendo ahora en la elección de la Consejera Presidenta del Instituto de Transparencia, Protección de Datos Personales y Acceso a la Información (ITEI). En la cual, a la Comisionada Suplente, Natalia Mendoza Servín, no pudo asumir la presidencia de ese Consejo por argumentos legales que no son del todo contundentes. Posteriormente, el Congreso del Estado de Jalisco publicó una convocatoria para elegir a la presidenta. Natalia Mendoza obtuvo el mejor resultado en el examen de evaluación. Aún así, el Congreso del Estado manifiesta que debe hacerse otro proceso de selección porque no hay al menos dos contenidentes. Simbólica e institucionalmente se han vulnerado los derechos de una persona para ejercer las funciones que le corresponden según su cargo.

En los medios de comunicación se refieren algunos nombres aspirantes que sí tendrían probabilidad de tener la aprobación de la mayoría de los grupos parlamentarios. Los medios omiten exponer sus méritos o su capacidad; a la distancia lo que presenciamos en la prensa es una cultura profundamente machista que asume que las otras aspirantes podrían ser manipulables y fichas de cambio en una negociación partidista. No es exagerado señalar que la prensa escrita está revelando las preferencias y criterios de muchos actores políticos.

¿Por qué sucede eso en una convocatoria para la elección de una mujer a un cargo público? Porque para nuestra clase política es normal transar con las mentes, los cuerpos y las voluntades de las mujeres. Porque el espacio público sigue siendo un coto de liderazgos masculinos desde el cual se define en dónde sí pueden estar las servidoras y funcionarias y cuál será su ámbito de incidencia.

Respecto a la VPGR, en la legislación vigente,  de jure se han puesto las mejores intenciones; de facto para nuestra administración pública todavía es algo extraordinario el que las mujeres podamos concretar nuestras aspiraciones profesionales en el espacio público.

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