Un juez de Jalisco robó a Hanna su derecho a la justicia

Hanna* tenía 3 años cuando su padre le agredió sexualmente. Hoy su madre junto a la Red de Mujeres Jóvenes por la Democracia Paritaria denuncia que el juez José Herminio Jasso Méndez del Juzgado 5to de Control de Enjuiciamiento y Juicio Oral del Primer Distrito con sede en Tonalá, decidió otorgar a su agresor una suspensión condicional del proceso, dejándola desprotegida y limitada en su acceso a los derechos a la justicia, la verdad y la garantía de no repetición.

De acuerdo con Andrea Cervantes, una de las abogadas de Hanna, esta salida alterna elegida por el juez, además de extinguir la acción penal en contra del agresor, no es aplicable para el delito de abuso sexual infantil.

Y es que el Código Nacional de Procedimientos Penales establece en su artículo 192, fracción primera, que la suspensión condicional será aplicable en delitos “cuya media aritmética de la pena de prisión no exceda de cinco años”. Según explica Cervantes, en el caso de Hanna la sanción por el delito de abuso sexual infantil por cópula -más sus agravantes- podría ser de más de 30 años de cárcel para su agresor.

Por ello, manifestando que “el poder judicial no puede tener más violentadores, que solapen a otros violentadores” promoverán acciones administrativas para que Jasso Méndez reciba una sanción o sea cesado de su cargo.

*Hanna es un nombre ficticio para resguarda la identidad de la víctima.

Por Dalia Souza / @DaliaSouzal

Ilustraciones por Red de Mujeres por la Democracia Paritaria 

Ese día que Hanna* llegó a casa con su mamá tras haber regresado de una visita con su padre, le confesó recostada en su cama lo que este hombre le había hecho. Tenía 3 años de edad y se había despertado llorando y con dolor. Era septiembre de 2020.

Su madre, de inmediato acudió a Ciudad Niñez en Jalisco a denunciar que su expareja había agredido sexualmente a su hija. La Ministerio Público a cargo, decidió iniciar la carpeta de investigación por el delito de abuso sexual infantil por tocamientos. No obstante, refiere Andrea Cervantes, abogada integrante de la defensa de Hanna, la funcionaria decidió obviar los peritajes que demostraban que la niña no sólo había sido agredida sexualmente por su padre en repetidas ocasiones, sino que, además, hubo cópula en alguno de estos eventos:

“De estas entrevistas y peritajes que se realizan a Hanna, se desprenden ciertas narraciones que son apoyadas por muñecos sexuados donde ella refiere de muchas maneras que había sido abusada sexualmente por su papá en varias ocasiones y que, además, existió la cópula” afirma Cervantes.

La también integrante de la Red de Mujeres Jóvenes por la Democracia Paritaria, relata que pasaron tres audiencias y casi dos años para que el padre de Hanna se presentara ante el juez.

A la primera de éstas el hombre no asistió refiriendo que “no había sido notificado”, sin embargo, advierte con duda Cervantes “es muy raro porque sus abogadas sí estaban presentes”. Para el segundo encuentro con la autoridad judicial el agresor nuevamente no acudió y nombró a una nueva abogada, la cual, manifestó “no haber visto la carpeta de investigación”, situación que provocó una demora más, pues se dio otro plazo para que ella pudiera conocer el caso.

Finalmente, en junio de 2022, precisa Cervantes, si bien, logró celebrarse una tercera audiencia a la cual sí acudió el agresor, este encuentro dejó en evidencia el modus operandi con el que funciona el sistema de justicia patriarcal mexicano, mismo que actúa como cómplice de los agresores sexuales de niñas y mujeres en Jalisco. Abandonándola, desprotegiéndolas, dejando en la impunidad a sus agresores, condicionando su derecho a la verdad e impidiendo que sea satisfecha su garantía a la no repetición.

Sin reclasificación

Ya que la Ministerio Público optó por no reclasificar el delito del que había sido víctima Hanna, en esta tercera audiencia se solicitó al juez José Herminio Jasso Méndez del Juzgado 5to de Control de Enjuiciamiento y Juicio Oral del Primer Distrito con sede en Tonalá que llevara a cabo esta acción. Con peritajes y dictámenes psicológicos en los que constan la gravedad de los hechos de violencia que se cometieron en contra de Hanna, se le requirió que las considerara para que el padre de la niña no sólo fuese juzgado por el delito de abuso sexual infantil por tocamientos, sino por el de abuso sexual infantil en modalidad equiparada por cópula.

Pero la petición no fue escuchada y tampoco Jasso Méndez ofreció una explicación de por qué había tomado tal decisión “el juez no pronunció la razón por la que no podía reclasificar el delito por la cópula, no quiso entrar en materia de analizar los peritajes donde ella explicaba que sí existió esta cópula”, señala la abogada Andrea Cervantes.

Suspensión condicional del proceso

La abogada advierte que esta no fue la única, ni la más grave irregularidad dentro de la audiencia. Y es que si bien, Jasso Méndez vinculó a proceso al padre de Hanna por el delito de abuso sexual infantil por tocamientos –vinculación que ameritaba prisión preventiva oficiosa– dio lugar a la solicitud de las abogadas del imputado para que éste accediera a la medida alterna de “suspensión condicional del proceso”.  

“Esta es una salida alterna que marca el Código Nacional de Procedimientos Penales, pero es para delitos menores y el abuso sexual infantil no es un delito menor” expone Cervantes.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 192, fracción primera, la suspensión condicional será aplicable en delitos “cuya media aritmética de la pena de prisión no exceda de cinco años”. En tanto, el Código Penal del Estado de Jalisco dicta una sanción de tres hasta seis años de cárcel a quien cometa abuso sexual infantil a una persona menor de doce años de edad y de doce a veinte años cuando exista cópula o cópula equiparada a una persona menor de 15 años.

La suspensión condicional del proceso, establece el Código Nacional de Procedimientos Penales, es una salida alterna que propone el mismo sistema a fin de que una persona inculpada o imputada pueda terminar su proceso penal, cumpliendo un plan de reparación y ciertas condiciones.

“La suspensión condicional del proceso es una salida que no tuvo que haberse dado, ningún juez tendría o podría considerarla como salida alterna a una sanción por el delito de abuso sexual infantil” considera Cervantes.

En el caso de Hanna, denuncia Andrea Cervantes, las abogadas del imputado ofrecieron la cantidad de $38 mil 400 pesos como monto de reparación; cantidad que, señala “ya traían en la bolsa y ofrecieron inmediatamente”, dejando en evidencia un presunto acuerdo previo, pues el juez Jasso Méndez no cuestionó la suma:

“Esto es algo muy raro porque el juez no movió ni un centavo de eso 38 mil 400 pesos y parecía que era algo que ya sabían que se iba a dar” precisa.

Además, para la defensa de Hanna, queda claro que no fueron interpretadas correctamente las consideraciones que establece la medida alterna en tanto reparación del daño, pues, la ley marca que ésta debe ser integral y, por lo tanto, la cantidad ofrecida por el imputado y aprobada por el juez no responde a la gravedad y las consecuencias a largo plazo que tendrá esta niña en su vida. Con dicho monto sólo pretende subsanar “un año de terapia psicológica”.

Aunado a ello, explica que el juez Jasso Méndez, omitió si quiera considerar que existió una posición fundada de la víctima y su defensa durante esta tercera audiencia, en la que se negaron a la suspensión condicional, lo que resulta una vez más violatorio a los principios establecidos en el propio Código Nacional de Procedimientos Penales:

“El Código Nacional de Procedimientos Penales es claro, te dice “solamente se puede la suspensión condicional del proceso cuando sea un delito con la media aritmética menor a 5 años, que en abuso sexual infantil no es y cuando no exista posición fundada de las víctimas”, cosa que sí existió en todo momento durante la audiencia. Las víctimas se opusieron a esta suspensión condicional y aun así se concedió”.

Al no haber dictado una sentencia condenatoria a su agresor, este juez le ha arrebatado a Hanna su derecho a la verdad, a tener una infancia digna y feliz, a una reparación completa y, por supuesto, a que ni ella, ni otra mujer o niña sea víctima de este sujeto, advierte Andrea Cervantes:

“Creo que es lo que nos parece de lo más grave porque con esta modalidad, Hanna jamás va a poder ser reparada, desde el derecho a la verdad hasta la garantía de no repetición, la satisfacción, la compensación, que no sólo significa la terapia psicológica, porque hoy él está libre y pagando los 38 mil 400 pesos cumple con esta resolución, pero Hanna va a tener que vivir con esto toda su vida, es algo con lo que tendrá que vivir toda su vida. En un futuro si tiene un proyecto de vida se verá impedido por todo esto. Esto lo pasó de largo el juez”.

La justicia en pausa para Hanna

El abuso sexual infantil por la cópula, con sus agravantes, en el caso de Hanna por tratarse de una niña de tres años y al ser su padre quien abusó de su figura de confianza, poder y cercanía para cometer el delito, podría alcanzar hasta más de 30 años de prisión, explica Andrea Cervantes, de aquí “la extrañeza y la indignación” que provocó la decisión del juez al dictar la suspensión “no estamos hablando de un delito a casa habitación, que podríamos hablar de que son delitos que importan, pero que no atentan contra la integridad de una niña” afirma.

“No más agresores en el poder”

Desde la red de mujeres se encuentran analizando la posibilidad de interponer ciertos recursos administrativos por las omisiones e irregularidades cometidas por el juez José Herminio Jasso Méndez del Juzgado 5to de Control de Enjuiciamiento y Juicio Oral del Primer Distrito con sede en Tonalá, pues están seguras de que, si este servidor público continúa en el mismo cargo, otras niñas y mujeres pueden ser al igual que Hanna víctimas no sólo de sus agresores, sino de un sistema de justicia patriarcal:

“El poder judicial no puede tener más violentadores al poder, que solapen a otros violentadores. Esto ya no puede seguir y las autoridades deben ponerle fin a estas prácticas mediante sanciones a resoluciones que definitivamente violan por todos lados los derechos humanos de las niñas y las mujeres”.

“Hablamos de una garantía de no repetición donde jueces como José Herminio Jasso Méndez no estén en el poder judicial”, argumenta. No obstante, advierte que ahora sólo depende de la autoridad administrativa.

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El juez

José Herminio Jasso Méndez, fue señalado de ser uno de los 15 jueces que el Consejo de la Judicatura del estado de Jalisco premió en el mes de septiembre de 2021, al pasar de una adscripción al interior de la entidad al área metropolitana de Guadalajara.

De acuerdo con el periódico El Informador, los cambios de adscripción se dieron “en una resolución presuntamente amañada al omitir la ruta procesal y una evaluación de la carrera judicial de los juzgadores como marca el artículo 191 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado”.

Así pasó del Juzgado Primero de lo Civil con sede en Chapala al Juzgado Primero Auxiliar Especializado en Materia Familiar en Zapopan y ahora al Juzgado 5to de Control de Enjuiciamiento y Juicio Oral del Primer Distrito con sede en Tonalá.

Ya en septiembre de 2021, reportó el Semanario Laguna, un grupo de abogados y usuarios del Juzgado Primero de lo Civil en Chapala había interpuesto una serie de quejas administrativas para que el Consejo de la Judicatura inhabilitara y cambiara de adscripción a Jasso Méndez junto a su secretaria Yadira Penélope Hernández Piñones.

El juez había sido acusado de obstruir presuntamente los procedimientos y ofrecer justicia a modo, mediante procesos de corrupción, precisa el Semanario. La nota a cargo del periodista Manuel Jacobo, menciona un par de expedientes relacionados con la dilación de los procesos de custodia para menores de edad y de una demanda para la fijación de una cuota alimentaria.

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En Jalisco, de enero a septiembre de 2020, se iniciaron 25 mil 336 carpetas de investigación por delitos relacionados con violencia de género, de acuerdo con la Unidad de Transparencia de la Fiscalía del Estado de Jalisco, a través de los datos recabados por la Dirección General en Delitos de Violencia contra las Mujeres, Delitos en Razón de Género y Trata de Personas.

Por abuso sexual infantil fueron iniciadas mil 648 carpetas de investigación, fueron decretadas 208 órdenes de aprehensión y 119 fueron cumplimentadas (tanto en modalidad de juicio oral como en tradicional).

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Dalia Souza
Dalia Souza
Periodista apasionada de la radio, comprometida con quienes resisten en la exigencia de verdad, memoria y justicia. Creo que el periodismo es una herramienta para construir paz y cambio social.

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