La importancia de tipificar el suicidio feminicida en México

Desde Mujeres

Por Abril M. Ramírez Vega / @DesdeMujeres

En México, según información brindada por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tan solo en el año 2021 se registraron un total de 1004 feminicidios, superando las cifras de los años anteriores, es importante señalar que estas cifras comprenden únicamente los feminicidios cometidos en manos directamente del agresor, dejando de lado aquellos feminicidios que por la falta de tipificación penal, en la mayoría de los Estados del país, fueron omitidos y únicamente pasaron a formar parte de la lista de supuestos suicidios en la República.

La falta de armonía legislativa nos afecta de sobremanera al momento de impartir justicia, a razón de esto se han reformado o creado distintos instrumentos, entre ellos la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, destacando tal armonización y basándola en ser el primer paso para alcanzar la coordinación y un prerrequisito para lograr una auténtica política nacional para prevenir, atender y sancionar la violencia en razón de género perpetrada contra las mujeres y las niñas; por lo descrito anteriormente, la falta de armonización legislativa ocasiona las lagunas al momento de registrar los feminicidios en el país.

Ahora tendremos que preguntarnos, ¿son realmente solo estas mujeres las que murieron a causa de la violencia de género o cuántas quedaron archivadas dentro de los Ministerios Públicos?

Antes que nada, tenemos que recordar que Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, define el feminicidio como como: “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.”

Y es oportuno que remarque que se trata de “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres…”, existe una parte que no se está legislando en los Estados del país, a excepción de Jalisco que ya lo tiene contemplado en su Código Penal Estatal, hablo del suicidio feminicida, una figura que, a nivel legislatura nacional, solo aparece en el Código Penal de El Salvador y en ningún otro país de Latinoamérica. Este tipo penal es de suma importancia debido a que es quizás la modalidad menos conocida del feminicidio, en la cual la víctima es violentada de tal manera que en algún momento decide acabar con su vida, el o los agresores siguen con su vida como si nada, y con esto estamos dejando un feminicidio impune, además de cierto modo culpabilizan a la víctima por una decisión que fue tomada debido al entorno de violencia en el que se encontraba.

Imaginen, ¿cuántos suicidios feminicidas han ocurrido en el país y no se han catalogado e investigado adecuadamente simplemente por no tener la tipicidad penal adecuada?

Como mencionaba anteriormente, el Estado de Jalisco es el único en México que ha presentado su propuesta ante su Congreso ocupando como argumento la frase “feminicidio sin mancharse las manos” (frase muy adecuada a la situación), para después ser modificado su Código Penal.

Desde mi punto de vista, es necesaria la legislación de esta figura en todos los Estados y también a nivel federal, con las medidas adecuadas para garantizar la disminución de estos delitos, así como ofrecerles justicia a las víctimas directas e indirectas.

Por dar un ejemplo de esto, dentro de las estadísticas proporcionadas por ONU Mujeres e INEGI en un reporte del 2020, sobre el año 2019, los feminicidios en el país arrojan una cifra de 3750 y existe una cifra de 1300 muertes que son “suicidios”, pero no han tenido aclaración de los motivos.

Con la tipificación del tipo penal podríamos revisar esas cifras y todas las de esa índole, también como una manera de resistencia y sororidad a todas aquellas que murieron bajo estas circunstancias y que fueron culpabilizadas en lugar de hacer justicia por ellas por medio de una investigación eficaz y un debido proceso; que no pase más, nunca más, ni una más.

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1 COMENTARIO

  1. Hablando desde la docencia, que es mi ámbito de trabajo, pocos maestro/as abordamos temas de violencia de género como una barrera de aprendizaje. Es necesario visibilizar la violencia para lograr prevenir, atender y sancionar desde la política educativa que limita el desarrollo armónico de las niñas y adolescentes.

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