Instan al Congreso de Jalisco a homologar ley para sancionar más duramente a quienes que incurran en ECOSIG

Luego de que la Cámara de Diputados aprobara el dictamen que penaliza los delitos contra la orientación sexual o identidad de género, tanto en el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, la organización Unión Diversa de Jalisco llamó al Congreso de Jalisco a homologar la legislación estatal actual para que ésta contemple sanciones de cárcel a aquellos establecimientos que lleven a cabo estos delitos. 

Señalaron que en Jalisco, la iniciativa que fue aprobada en abril de 2022, “se queda corta” frente a la problemática, ya que en el estado además de que las sanciones sólo ascienden a multas económicas, siguen operando sin una completa regulación algunos lugares como “centros de rehabilitación o anexos” donde se ejercer los llamados Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o la Identidad de Género (ECOSIG).

Al respecto, denunciaron como asociación han recibido quejas recurrentes de estos centros, donde, incluso, algunos de los casos se relacionan con la problemática de la desaparición de personas del estado.

Por Redacción ZonaDocs / @ZonaDocs 

Para “no seguir violentando los  derechos humanos de las poblaciones diversas que radican en el estado” afirmó la organización Unión Diversa de Jalisco, el Congreso del Estado tendrá que homologar el Código Penal Estatal en materia de delitos contra la orientación sexual o identidad de género, en congruencia con las nuevas determinaciones federales. Y es que, durante el pasado mes de marzo la Cámara de Diputados aprobó, con modificaciones, el dictamen que reforma y adiciona el Código Penal Federal y la Ley General de Salud para tipificar y sancionar penalmente estos delitos.

La reforma establece que se impondrán de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”. 

Así mismo, dichas sanciones incrementarán al doble cuando la persona autora de estos delitos tenga alguna relación de subordinación laboral, docente, doméstica, médica o de cualquier otra índole y a quien abuse de su función pública para cometer el delito; en estos dos casos se castigará también con la destitución o inhabilitación de la persona para desempeñar su cargo. Finalmente, además, la pena aumentará al doble “cuando la persona autora emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima” versa el comunicado oficial. 

“Una vez que se apruebe en el Senado de la República, el Congreso de  Jalisco o, bien, el Gobernador tendrán que homologar estas sanciones” insistió Unión Diversa de Jalisco. 

Al respecto, cuestionaron que la reforma al artículo 202 TER del Código Penal de Jalisco, aprobada en abril de 2022, se haya “quedado corta”.  Y es que, si bien, la iniciativa original presentada en octubre de 2019 por el diputado Salvador Caro Cabrera, proponía sanciones mayores, entre ellas prisión de uno a tres años y la inhabilitación del ejercicio profesional de la persona física o moral que incurriera en estas prácticas, el dictamen aprobado sólo habla de la imposición de una multa equivalente a “cincuenta a trescientas veces el valor de la unidad de medida y actualización o de treinta a cien jornadas de trabajo a favor de la comunidad”

Artículo 202 Ter. Se impondrá una multa por el equivalente de cincuenta a trescientas veces el valor de la unidad de medida y actualización o de treinta a cien jornadas de trabajo a favor de la comunidad, a la persona que obligue a otra que tenga definida su identidad o expresión de género y orientación sexual, a someterse a tratamientos que pretenda modificar o imponer la expresión o identidad de género, o la orientación sexual de la persona a través de las llamadas terapias de conversión o ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género).

La sanción aumentará hasta una cuarta parte de la ya señalada en el párrafo anterior, en los casos en que esta conducta se realice en contra de personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho. Código Penal del Estado de Jalisco

De tal manera que, consideraron necesario, además de homologar la normativa estatal, buscar hacerla valer a través de “la operatividad”. En ese sentido, llamaron a los ayuntamientos y al gobierno del estado a vigilar, regular y sancionar aquellos centros de rehabilitación que incumplan con la ley y que lleven a cabo estas prácticas violatorias de los derechos humanos de las personas

Denunciaron que existen “centros de rehabilitación” o “anexos” donde han documentado la comisión de estos delitos. “Como asociación recibimos quejas recurrentes de estos centros” expresaron y manifestaron que algunos de estos casos se relacionan con la problemática de la desaparición de personas del estado. Como el de Luis Fernando Cervantes Moya quien fue desaparecido desde el 26 de febrero en Arandas Jalisco. Según denuncia Unión Diversa de Jalisco el joven fue llevado por elementos de la policía municipal e ingresado contra su voluntad al anexo de nombre Casa Blanca. 

“Resulta preocupante que no se están atendiendo estos  casos en nuestro estado” manifestaron. 

Llamaron también al trabajo conjunto entre la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y su homóloga en el estado la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco (COPRISJAL), para que se cumplan con las normas básicas que delimitan las licencias municipales para la operación de estos lugares. Entre ellas, el cumplimiento de los avisos de centro de rehabilitación, aviso del personal médico y psicológico a cargo. Señalaron que es escaso el personal de inspección que pueda cumplir con las visitas de vigilancia para corroborar dichos criterios.

“Apelamos y exigimos a que los 125 ayuntamientos dentro del Estado de Jalisco que si tienen la  capacidad a través de las direcciones de licencias e inspección y vigilancia, tomen las medidas urgentes  de regular a los ya establecidos así como también regulen a los cientos de centros de rehabilitación que  practican en la clandestinidad y que muchos de ellos violentan los derechos humanos básicos a todas  luces”. 

Finalmente, recordaron que hay tres estrategias principales en las que se llevan a cabo estas prácticas violatorias a los derechos humanos de la población diversa:

  • ∙La intervención psicoterapéutica basada en la creencia de que la diversidad sexual o de género  tiene su origen en una crianza o experiencia anormal. 
  • Las prácticas médicas basadas en la teoría que considera que la diversidad sexual o de género es  una disfunción biológica inherente. 
  • Las intervenciones basadas en la fe, que actúan bajo la premisa de que hay algo maligno en la  orientación o identidad de género diversas.

Exigimos estas regulaciones y homologaciones no solo al congreso del estado de Jalisco sino también a  los ayuntamientos de todo el Estado, que paren estas violencias físicas, morales y psicológicas, por el  bien de todas las poblaciones, especialmente a la población de la diversidad sexual de nuestro estado”. 

En el año 2012, la Organización Panamericana de la Salud reconoció que las terapias de conversión y/o también Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o la Identidad de Género (ECOSIG) no tienen justificación médica y representan una grave amenaza para la salud y los derechos de las personas afectadas. 

La propia oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos  (OHCHR), consideró que estas prácticas deben ser equiparadas a la tortura. 

El dictamen aprobado por la Cámara de Diputados ya fue devuelto al Senado de la República para sus efectos constitucionales y de acuerdo con éste, bastará  que una persona presente una denuncia por estos delitos para que se inicie la investigación de los hechos.

 

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