¿Cuáles son las obligaciones de las autoridades ante la desaparición de personas?

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México hasta el día de hoy tiene más de 107 mil personas desaparecidas, ante este fenómeno diversos organismos internacionales, incluyendo a la Organización de las Naciones Unidas, han hecho diversas recomendaciones técnicas, no sólo al gobierno federal, sino también a autoridades estatales para combatir la desaparición forzada.

El Centro Universitario por la Dignidad y la Justicia Francisco Suárez, SJ del ITESO y Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID, por sus siglas en inglés) realizaron el informe “Obligaciones de las autoridades de Jalisco ante la desaparición de personas” donde se hizo mención de todas las recomendaciones por parte de organismo internacionales hechas a México y Jalisco.

Por Josué Ibarra/@josueibarrasala

Entre 1994 y mayo de 2022, el Estado mexicano recibió múltiples recomendaciones de organismos de la ONU por diversas violaciones a los derechos humanos, pero de éstas el 12.1% (436 recomendaciones) estuvieron vinculadas al delito de desaparición forzada.

El Gobierno Federal encabeza las recomendaciones por violentar los derechos humanos con 3 mil 503 recomendaciones, le siguen los gobiernos estatales (2 mil 682) y los municipales (mil 105). 

Si se divide el dato por división de poderes, el poder ejecutivo (federal y los locales) tienen 3 mil 465 recomendaciones; los poderes legislativos (mil 109) y los judiciales (831).  

Por encima de las violaciones a los derechos humanos vinculadas a la desaparición de personas están las violaciones al debido proceso legal (536 recomendaciones), violación al derecho a la integridad personal (prohibición de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, con 511 recomendaciones).

De todas las recomendaciones sobre el derecho a no ser sometido a desaparición, el 97% fueron hechas a partir de 2009, año en que la Corte Interamericana de Derechos Humanos adoptó la sentencia sobre el caso Radilla Pacheco, mientras que el 54% fueron adoptadas entre 2015 y 2018, años en que el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU publicó su Primer Informe de observaciones finales sobre México, así como un informe de seguimiento que concluyó con su visita al país el año pasado.

De las 436 recomendaciones sobre desaparición de personas, 317 competen a los gobiernos estatales, incluyendo el de Jalisco. De las 317, 309 competen al Poder Ejecutivo, 77  al Legislativo, 83 al Judicial, y 62 a  órganos autónomos. 

Así lo menciona el informe “Obligaciones de las autoridades de Jalisco ante la desaparición de personas” realizado por el Centro Universitario por la Dignidad y la Justicia Francisco Suárez, SJ del ITESO y Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID, por sus siglas en inglés).

“Muchas de las recomendaciones internacionales se enfocan en la manera en que la desaparición se relaciona con o afecta a grupos particulares; por ejemplo, con relación a los derechos de las víctimas, en 2013, el Consejo de DH recomendó (mediante el EPU)  elaboró un protocolo nacional para la búsqueda de personas cuya desaparición se haya denunciado e investigado violaciones de derechos humanos, esto para garantizar que los responsables sean enjuiciados y las víctimas obtengan reparación”.

Presentación del informe en las instalaciones de la Universidad ITESO.

En 41 recomendaciones sobre las víctimas de desaparición se hace énfasis en la reparación de los daños y en los derechos de las víctimas como, por ejemplo, “otorgar regularmente a los familiares información sobre los avances en las investigaciones, y asegurar que no recaiga en las víctimas y sus familiares la obligación de obtener y proporcionar los elementos de prueba”, circunstancias que en Jalisco rara vez se cumple. 

En las 317 recomendaciones sobre desaparición de personas se señalan las siguientes acciones que no siempre son respetadas por los distintos niveles de gobierno:

    • Investigar, procesar y sancionar a los responsables de violaciones de derechos humanos.
    • Promover, realizar o implementar reformas al marco jurídico o normativo.
    • Desarrollar bases de datos, estadísticas y registros administrativos.
    • Reparar el daño a las víctimas.
    • Crear, reformar o fortalecer instituciones del Estado. 
    • Garantizar presupuestos públicos y/o recursos suficientes para instituciones del Estado.
    • Propiciar o garantizar la coordinación interinstitucional.
    • Implementar políticas públicas y programas institucionales con perspectivas de derechos humanos y género.
    • Elaborar o implementar protocolos de investigación.
    • Incluir o consultar a organizaciones de la sociedad civil, colectivos de víctimas y familiares de personas desaparecidas. 

Aunque estas obligaciones recaen, principalmente, en el gobierno federal y los poderes ejecutivos de los 32 estados del país, los gobiernos municipales sí deben atender las desapariciones, al menos en los siguientes puntos como lo ha recomendado la ONU:

    • Crear y sobre todo “alimentar” bases de datos o registros administrativos.
    • Propiciar la coordinación interinstitucional.
    • Capacitar o sensibilizar a agentes del Estado y funcionarios públicos. 
    • Capacitar o sensibilizar a agentes del Estado y funcionarios públicos.
    • Incluir, consultar y colaborar con organizaciones de la sociedad civil, colectivos de víctimas y familiares de personas desaparecidas.

El informe realizado por ITESO y USAID, además, menciona que, según la visión de los órganos internacionales, el Estado mexicano debe hacer y dejar de hacer, de ahí que señalaran aspectos pendientes en materia de lucha contra la desaparición de personas en todas las entidades del país:

    • Investigar, procesar y sancionar a las personas responsables de la violación del derecho a no ser sometido a desaparición. 
    • Reformar e implementar el marco jurídico o normativo (particularmente con respecto a la tipificación del delito de desaparición y a su armonización con el derecho internacional de los derechos humanos y con la adopción y posteriormente la implementación de la Ley General). 
    • Elaborar y mantener bases de datos, estadísticas o registros administrativos (particularmente las establecidas por la Ley General).
    • Reparar el daño a las víctimas. 
    • Incluir, consultar y colaborar con organizaciones de la sociedad civil, colectivos de víctimas y familiares de personas desaparecidas (particularmente en lo relativo a la investigación y la búsqueda).

Por la frecuencia de su mención en las recomendaciones, también se destacan las siguientes obligaciones:

  • Crear, reformar o fortalecer instituciones del Estado (particularmente en materia de búsqueda de personas y capacidad forense).
  • Garantizar presupuestos públicos y/o recursos suficientes para instituciones del Estado (de nueva cuenta, sobre todo con respeto a la búsqueda y la capacidad forense) 
  • Garantizar la coordinación interinstitucional (es muy importante recordar que muchas de las recomendaciones competen a más de un orden de gobierno y a más de un poder, de ahí la importancia de este tipo de acción.
  • Capacitar o sensibilizar a agentes del Estado y funcionarios públicos. 
  • Diseñar políticas públicas y programas institucionales con perspectivas de derechos humanos y género.
  • Elaborar protocolos de investigación. 

Al respecto, Fabián Pressacco, investigador chileno, precisó que todas estas recomendaciones reflejan la impunidad en torno a las desapariciones en el país.

“A mí me llama la atención y me genera un asombro e indignación la recomendación de la recomendación, de la recomendación. Recomendamos recordar lo que recomendamos hace 10 años atrás, y parece que no pasó nada. Recuerdo una que hacía referencia al año 98 ¡Ese fue el siglo pasado! Algo de esto está vinculado con la impunidad porque no pasa nada, y está de por medio la vida de las personas”.

El estudio, aclaró Alejandra Nuño, directora del Centro Universitario por la Dignidad y la Justicia Francisco Suárez, se realizó sistematizando las recomendaciones que en materia de desaparición ha recibido el Estado Mexicano y que están disponibles en la plataforma: http://recomendacionesdh.mx, una de las conclusiones a las que llegaron tras el análisis es que “mientras persista la impunidad en torno a las desapariciones, en el caso de Jalisco, esa será la mejor fórmula para que se repita este crimen”.

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El informe se puede descargar aquí:

https://drive.google.com/file/d/1j-W4qlM73giS7AtEw7YUlykoA50K83of/view

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Aquí podrán ver de manera íntegra la presentación del informe:

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Josué Ibarra
Josué Ibarra
Estudiante de Estudios Políticos y Gobierno en la Universidad de Guadalajara. Caminando con las raíces de mi pueblo y luciéndolas con honor. El periodismo, la democracia, la empatía y la justicia son la estructura del progreso.

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